Brexit y pensiones

El Gobierno de España ha priorizado la necesidad de preservar los derechos de los ciudadanos que ejercieron su derecho a la libre circulación antes de la retirada de Reino Unido. Ante la posibilidad de que Reino Unido abandone la Unión Europea sin un Acuerdo que regule su retirada, el Gobierno de España ha aprobado el Real Decreto- Ley 5/2019, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. En él se prevé una serie de medidas de carácter temporal, dirigidas a mitigar el impacto que tendría este escenario para ciudadanos y operadores económicos.

España es el Estado miembro de la Unión Europea en el que residen un mayor número de nacionales del Reino Unido, más de 300.000 registrados. En el Reino Unido residen, al menos, 150.000 españoles. El Gobierno garantizará el derecho a residir y trabajar de los ciudadanos y de sus familias que ejercieron las libertades de residencia y circulación en la UE. Para ello, la norma aprobada establece un régimen ad hoc para documentar, como ciudadanos de terceros países, a los nacionales del Reino Unido y los miembros de su familia que residan en España en la fecha de retirada. Además, se facilitará el acceso a la residencia de larga duración a los británicos y sus familiares que hayan residido legalmente y de forma continuada en España durante, al menos, cinco años.

Las medidas para la protección de los derechos de Seguridad Social serán aplicables hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se firme un acuerdo internacional entre la UE y Reino Unido o, de manera bilateral, entre España y Reino Unido, que regule con carácter permanente la coordinación de los sistemas de Seguridad Social de la UE y España con el sistema de Seguridad Social británico.

Con este texto, se garantiza que España continuará abonando las pensiones contributivas y sus correspondientes revalorizaciones, aunque el beneficiario resida en el Reino Unido.
Los períodos de seguro acreditados en España y en el Reino Unido con anterioridad a la fecha de retirada se sumarán a la hora de establecer el derecho a recibir una prestación de la Seguridad Social. Igualmente, estos periodos se contabilizarán para establecer la cuantía de las pensiones. Será necesario que exista reciprocidad entre los Estados.
Se computarán los periodos cotizados en el Reino Unido con anterioridad a la fecha de retirada en el reconocimiento de las prestaciones por desempleo a cargo del Estado español, siempre y cuando se mantenga la residencia y las últimas cotizaciones se hayan realizado en España.

Los trabajadores trasfronterizos que se desplazan a Gibraltar diariamente podrán acceder a las prestaciones por desempleo reconocidas por España por los periodos cotizados en Gibraltar antes y después de la fecha de retirada. El objetivo es proteger a los 9.000 españoles residentes en el Campo de Gibraltar en esta situación.

Es preciso subrayar que estas medidas tienen carácter unilateral, aunque están condicionadas a que Reino Unido garantice un tratamiento reciproco a los españoles residentes en Reino Unido y Gibraltar. Además, son temporales y, con carácter general, garantizan los derechos de los ciudadanos hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se firme un acuerdo internacional.

 

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Anthony Griffiths

What is the position post Brexit of a UK citizen who receives a Spanish State Pension but is resident in Mexico ? Will their rights to any such payment continue ?

Anthony Griffiths

Miles de gracias por la respuesta tan rápida y concisa