
La Seguridad Social tiene en nómina a un total de 81.082 pensionistas que continúan trabajando tras la jubilación, lo que representa un incremento del 8,8% respecto al año anterior. La pensión media que perciben estas personas es de 1.053,7 euros al mes, según detalla el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, con datos correspondientes a octubre de 2026.
Este repunte de la compatibilidad entre empleo y jubilación responde a las reformas normativas dirigidas a favorecer una salida del mercado de trabajo más gradual y flexible, de acuerdo al diagnóstico realizado por el Gobierno. La inmensa mayoría de esos 81.000 pensionistas que a la vez son trabajadores se encuentran acogidos a la fórmula legal de la jubilación activa.
En concreto, entre las distintas modalidades para la compatibilidad laboral con la pensión destacan las 38.386 pensiones de jubilación activa que permiten cobrar el 50% de la prestación y las 15.383 de jubilación activa plena, que permiten percibir el 100% de la pensión de la persona.
Desglose de las modalidades de pensión compatible
Entre las distintas modalidades legales de cobro de pensión y sueldo registradas por la Seguridad Social destacan las siguientes:
- Jubilación activa tradicional (50% de la prestación): Suma 38.386 pensiones, con datos de octubre de 2026.
- Jubilación activa plena (100% de la prestación): Alcanza 15.383 pensiones.
- Jubilación activa con pensión por demora progresiva: Desde 2025, la reforma de la jubilación activa también permite acceder progresivamente a un mayor porcentaje de la pensión en función de la demora que se tenga en el acceso a la jubilación. En esta modalidad se contabilizan 20.411 pensiones: de ellas, 15.955 prestaciones perciben un porcentaje del 45% de la paga; y 4.456 pensiones cobran el 75% de la misma.
- Creación artística y actividades vinculadas: Asciende a 1.506 pensiones, con un crecimiento del 34,9% en el último año, de acuerdo a los datos oficiales.
Otra de las razones que impulsa la creciente compatibilidad laboral es que la última modificación normativa ha eliminado la exigencia de acreditar una carrera de cotización completa para poder acceder a la jubilación activa, «lo que facilita la incorporación a este esquema y tiene especial impacto desde la perspectiva de género», subraya el Ministerio.
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La jubilación activa permite cobrar el 45% de pensión como mínimo
Desde abril de 2025 rige en España una mayor compatibilidad entre la pensión y el trabajo (Real Decreto-ley 11/2024) que mejora varias modalidades como la jubilación parcial, activa y demorada.
La jubilación activa se puede solicitar sin poseer una carrera completa de cotización ni alcanzar el 100% de la base reguladora de la pensión, pero es indispensable tener un año más de la edad ordinaria de retiro. Permite compatibilizar pensión y trabajo por cuenta ajena o propia, sin límite de ingresos o de jornada. Pueden acceder los asalariados y los autónomos, aunque las condiciones son distintas en algunos aspectos.
Esta modalidad faculta a compatibilizar la jubilación activa con los incentivos de demora y llegar a cobrar el 100% de pensión, tanto autónomos como asalariados, en función de este esquema progresivo:
- 45% de pensión, con 1 año en jubilación activa.
- 55% de pensión, con 2 años en jubilación activa.
- 65% de pensión con 3 años de retraso en jubilarse.
- 80% de pensión con 4 años de demora del retiro.
- 100% de pensión al 5.º año de la persona en jubilación activa.
Como excepción, los autónomos con trabajadores perciben un porcentaje inicial de compatibilidad del 75% de la pensión, con al menos un trabajador por cuenta ajena, indefinido y antigüedad de 18 meses. También cobran el 75% si contratan con carácter indefinido a un nuevo trabajador por cuenta ajena, que no haya tenido vínculo laboral con el autónomo en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa.
Cuantía de las principales pensiones que se cobran en España
La última nómina de las pensiones contributivas, correspondiente a octubre de 2026, ha alcanzado los 14.540 millones de euros, situando la pensión media del conjunto del sistema en 1.376,14 euros mensuales (el 4,6% más que hace un año), según los datos del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social.
Estos son los importes medios según la modalidad de pensión y el régimen de afiliación:
- Pensión media de jubilación. Alcanza un promedio de 1.577,6 euros al mes en el décimo mes del año.
- Régimen General: 1.735,9 euros mensuales.
- Autónomos (RETA): 1.063,5 euros al mes.
- Régimen Especial del Mar: 1.742,0 euros mensuales.
- Minería del Carbón: 3.006,1 euros al mes.
- Nuevas altas de jubilación. El importe medio que perciben los nuevos jubilados asciende a 1.758 euros mensuales (con datos de septiembre, el último disponible).
- Pensión media de viudedad. Se sitúa en 976,7 euros al mes.


