Supondrían un incremento del 9,5% en el desempleo, el mayor porcentaje de la serie histórica
La estadística cuenta en este grupo a personas que han superado los 65 años sin jubilarse
La reforma para mejorar la compatibilidad de la pensión de jubilación anticipada y parcial con el trabajo que acaba de entrar en vigor puede tener un importante efecto en las cifras de paro. La razón es que también se amplía la convivencia de las pensiones con una prestación o subsidio por desempleo. De hecho, en 2024, una media mensual de 249.492 jubilados y pensionistas aparecían inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos, sin contar como parados. Un 10,7% más que en 2023. Sin embargo, las dudas crecen al entrar en el detalle de las cifras, que podría incluir a desempleados ‘borrados’ automáticamente por haber superado los 65 años pero sin posibilidad aún de jubilarse.
El Anuario de Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo revela que los jubilados y pensionistas son el colectivo más numeroso de demandantes «excluidos del paro registrado», tras los 687.884 fijos discontinuos y los 440.559 demandantes ocupados, aunque a diferencia de estos, no hay muchas dudas acerca de que estas personas no están trabajando. Lo que no implica que los datos despierten otras preguntas.
Según la definición que maneja el departamento que dirige Yolanda Díaz, el grupo incluye a los «demandantes que son pensionistas de jubilación, de gran invalidez o de invalidez absoluta y demandantes de edad igual o superior a 65 años«. No engloba a otros desempleados perceptores de pensiones, como las de viudedad –compatibles con un trabajo y, por la misma razón, con una prestación por desempleo–. Pero tal y como está redactada, cuenta a seniors que no se han retirado.
Una definición de 1985
Los jubilados y pensionistas no cuentan dentro del paro registrado según la misma orden de 1985 que también excluye a los fijos discontinuos inactivos o los beneficiarios del PER. En su caso es por considerarlos «trabajadores sin disponibilidad inmediata para el trabajo o en situación incompatible con el mismo». Sin embargo, esta misma visión se extiende a todos los mayores de 65 años, sean jubilados o no.
Aunque cuando se redactó esta excepción esa era la edad legal de jubilación y por ello, los registros que publica el Anuario los incluyen en el mismo colectivo. El problema es que la estadística lo sigue haciendo en 2024, pese a que desde 2013 se ha venido aplicando un retraso progresivo de la edad de jubilación que culminará en 2027 cuando se alcancen los 67 años.
Esta omisión responde a la idea de que los jubilados o pensionistas no buscan empleo con la misma intensidad que el resto de las demandantes. Además la casuística de la compatibilidad con las ayudas por paro es compleja y su impacto incierto. Pero tanto la evolución tanto de la edad de jubilación como los incentivos al mantenimiento de la actividad, superada la edad de jubilación, hacen que este diseño empiece a quedar desfasado. Sobre todo, si la nota de corte se mantiene en los 65 años y no en la edad legal de jubilación.
La cuestión siempre ha pasado desapercibida, a pesar de que esta exclusión restaba entre un 2,5% y un 3% al paro registrado ya antes del cambio legal. Con anterioridad a 2013 solo se había superado dicho umbral una vez, en 2004, con un 3,04% y 50.400 demandantes. Pero ahora alcanza el 9,5%, con casi 250.000, a un ritmo que se ha ido acelerando desde la pandemia. El de 2024 es e porcentaje más alto de la serie histórica que se remonta a 2001 y que se ha multiplicado por tres desde la entrada en vigor del retraso progresivo de la edad de jubilación.
En términos absolutos, la cifra duplica la registrada en 2013, pero no maca el récord, ya que en 2021 se anotaron 287.970 personas. Algo que se explica por el auge de los procesos de incapacidad durante la pandemia. Sin embargo, al descontar este efecto se aprecia que se ha registrado un fuerte incremento respecto a las cifras de hace cinco años. Coincidiendo con el incremento del peso de los desempleados seniors en el paro registrado.
Aunque el Anuario no recoge la cifra de demandantes y parados mayores de 65, si deja claro que los mayores de 60 años son el grupo más numeroso en ambas categorías. Suman 776.113 (un 17,8% del total) y 439.345 parados registrados (un16,7% del total). Aun así, el hecho es que crecen a un ritmo menor del que lo han hecho los jubilados y pensionistas excluidos del paro.
Si el repunte se debe a las personas que superan los 65 años, pero no se han jubilado porque no alcanza aún la edad legal (fijada para 2025 en 66 años y 8 meses) o no han cotizado al menos 38 años y 3 meses, o no quieren asumir la penalización de una jubilación anticipada, estamos hablando como poco, de un grave desfase de las estadísticas.
Estas personas entre 65 y 66 años y 8 meses podrían entrar en la categoría de ‘prejubiladas’, si cobran una prestación o subsidio y no tienen intención de incorporarse al mercado laboral –aunque a las oficinas de empleo les hayan dicho lo contrario–. Pero también pueden ser desempleados que buscan activamente un trabajo.
Un incierto coste en paro y pensiones
Pero esta no es la única incógnita por despejar. Los datos del Anuario tampoco aclaran cuántos de estos «jubilados y pensionistas» cobran prestación o subsidio y cuántos simplemente están inscritos en los servicios públicos de empleo autonómicos para recibir ofertas de empleo o asistir a cursos de formación.
En todo caso, si os centramos en el caso de los jubilados y pensionistas propiamente dichos, la cuestión adquiere un matiz relevante porque afecta un colectivo que puede compatibilizar una prestación o subsidio con su pensión. En especial a las «pensiones de jubilación parcial», lo cual entronca con el cambio legal que acaba de entrar en vigor.
Aunque también a otras «pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social que hubiesen sido compatibles con el trabajo que originó la prestación». Esto incide en las pensiones por invalidez que, a priori, no impiden trabajar en otras actividades diferentes a aquellas para las que se decretó la incapacidad.
Pero también se aplica a las de viudedad, que no figuran en la definición de ‘colectivo excluido‘. Tampoco se incluyen los beneficiarios de pensiones reconocidas y abonadas por un Estado distinto al español.
En cualquier caso, analizar la evolución de este colectivo es clave no solo para clarificar su impacto en el desempleo y estimar el gasto para los sistemas de protección por desempleo (que como hemos contado en elEconomista.es ha entrado en déficit en febrero) y el de Seguridad Social, sino para entender las posibilidades reales de retrasar voluntariamente la jubilación si no encuentran oportunidades laborales.
Fuente: Trabajo cifra en 250.000 los jubilados que buscan empleo pero excluye del paro registrado