La jubilación en 2025 dependerá tanto de la edad como del tiempo cotizado en la Seguridad Social. Quienes hayan acumulado al menos 38 años y tres meses podrán retirarse a los 65 años. En cambio, quienes no lleguen a ese periodo deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses. En 2026 se mantendrá este requisito, aunque la edad subirá a 66 años y 10 meses, y en 2027 se exigirán 38 años y seis meses o, en su defecto, 67 años.
Existe la figura de la cotización en la sombra, contemplada en la Ley General de la Seguridad Social. Este mecanismo permite añadir hasta cuatro años ficticios en la jubilación anticipada. No son cotizaciones reales, sino un cálculo que computa el periodo comprendido entre la edad de retiro anticipado y la edad legal ordinaria. Se trata de un recurso que puede marcar la diferencia en algunos casos.
Para entender su aplicación ponemos un ejemplo práctico: una persona que quiera jubilarse a los 63 años con 36 años y medio cotizados puede sumar dos años de cotización en la sombra. Así alcanzaría los 38 años y medio necesarios para acceder a la jubilación anticipada. Sin embargo, el letrado recalca que este mecanismo únicamente sirve para ajustar la edad de jubilación y no modifica el porcentaje económico de la pensión a percibir.
Así, la cotización en la sombra no sirve para sumar los años necesarios para cobrar el 100 % de la pensión”. Tampoco permite alcanzar los mínimos de 33 años para la jubilación anticipada involuntaria (JAI)ni los 35 años para la voluntaria (JAV). En caso de no cumplirlos, no es posible jubilarse antes de la edad legal. Además, este sistema no evita las penalizaciones que se aplican al anticipar el retiro.