La Jubilación y el IRPF 3: ¿Y cómo lo hago este año 2018?

VER FICHA

Tercer artículo de la trilogía. Aquí puedes enlazar con los otros: 

La jubilación y el IRPF  ¡OJO PENSIONISTA!

La Jubilación y el IRPF 2 ¿Qué pasa con mi pensión?

 

El 4 de abril se abrió el plazo para presentar la declaración de la Renta 2017/2018, y este año el proceso para solicitar el borrador es algo distinto a años anteriores. Ya no se puede solicitar el borrador a través de correo ordinario, en cambio, se puede confirmar el borrador a través de la nueva app de la Agencia Tributaria.

 

Quién está exento de presentarla

Los que ganaron como mucho 22.000 €/año de un solo pagador, o bien de varios pagadores siempre que la suma del segundo y posteriores no superen en conjunto los 1.500 €.
El límite se fija en 12.000 €/año cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 €/año.

También se debe declarar si se hizo aportaciones a planes de pensiones, de previsión asegurados, o similares ya que conviene porque reducirá la base imponible, si deduce por doble imposición internacional también es necesario hacerla.
Así, aunque no se tenga que declarar, ES CONVENIENTE calcular la declaración y estimar si se sale a devolver parte de las retenciones que hemos tenido.

 

Solicitar el borrador a través de la APP de la AEAT

Puedes descargar la app de la Agencia Tributaria disponible para iOS y Android y completamente gratuita, para solicitar el borrador desde tu smartphone.
Para realizar la gestión en la app primero tendrás que identificarte. Puedes iniciar sesión usando o bien la Cl@ve PIN facilitada por la administración, con certificado electrónico o con el número de referencia del borrador. Si no tienes ninguno de estos tres datos puedes solicitarlos también desde la app en el mismo apartado de iniciar sesión.

Se trata de una opción cómoda, pero OJO: una vez que confirmes el borrador en la app no podrás modificarlo. El sindicato del Ministerio de Hacienda, Gestha, ha recomendado no solicitar el borrador por esta vía pues se pueden olvidar incluir en el borrador algunas deducciones de las que podrían beneficiarse.

 

Solicitar el borrador a través de RENTA WEB

Esta parece la opción más segura. Puedes acceder al programa Renta Web para solicitar el borrador de la Renta 2017/2018 desde la página de la Agencia Tributaria.
Al igual que con la app, podrás identificarte con un certificado electrónico o DNIe, la Cl@ve PIN o el número de referencia.
La ventaja es que mediante este proceso podrás modificar el borrador, a diferencia de la app.

 

Fechas clave a tener en cuenta para la RENTA 2017/2018

El periodo para presentar la declaración se abrió el 4 de abril, fecha en la que también comenzó el plazo para pedir cita telefónica para preparar la declaración de la renta.

  • 5 de abril comenzó el servicio de asistencia telefónica para consultas puntuales sobre la declaración de la Renta 17/18.
  • 2 de mayo: Se abre el plazo de presentación en entidades colaboradoras, CCAA y oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2017: D-100.
  • 8 de mayo: se abre el periodo para pedir cita previa presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria o entidades asociadas.
  • 10 de mayo: Empiezan las citas presenciales en las oficinas.
  • 27 de junio: Fecha límite para declaraciones de renta y patrimonio 2017 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 29 de junio: Cierra el plazo para pedir cita previa presencial y telefónica.
  • 30 de junio: Finaliza el servicio de asistencia telefónica para consultas puntuales.
  • 2 de julio: Finaliza el plazo de presentación de la declaración de la Renta.
  • 5 de noviembre: Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de la cuota del impuesto sobre la Renta 2017 si el contribuyente decidió fraccionar el pago.

Web de la Agencia Tributaria:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml

AQUÍ PUEDES DESCARGARTE LA FICHA COMPLETA

Descarga la ficha en PDF

0 0 votes
Article Rating
Suscribirme
Notificarme de
guest
2 Comments
Recientes
Antiguos Más Votado
Inline Feedbacks
View all comments
Francisco Javier

Me vale para el 2020?