INSTRUCCIONES DE LA SS PARA EL ACCESO A LAS JUBILACIONES ANTICIPADAS HABIENDO ESTADO EN UN ERTE

Se trata de un colectivo que ha aumentado en la pandemia de coronavirus por las consecuencias económicas de los cierres y restricciones a la actividad por razones sanitarias.

 

La Seguridad Social ha informado en Twitter de que los trabajadores que quieran optar por la jubilación anticipada y actualmente están incluidos en un ERTE, debe tomar la fecha de finalización de dicho ERTE o, en su caso, el cese en el trabajo, como la de inicio de dicha jubilación anticipada.

Mientras tanto, estos trabajadores seguirán realizando sus cotizaciones a la Seguridad Social, lo cual aliviará el impacto en la cuantía de su pensión, ya que esta se producirá con una menor antelación y, por lo tanto, con un menor coeficiente reductor de la pensión de jubilación resultante.

 

Estas reducciones dependen del tipo de jubilación anticipada a la que se acceda. Si es una Jubilación Anticipada Voluntaria (JAV) (hasta dos años antes de la Edad Legal Ordinaria -ELO- que corresponda) y hasta que entren en vigor los nuevos coeficientes reductores de la reforma Escrivá, la Seguridad Social contempla los siguientes coeficientes:

-Un 2% de la base reguladora por trimestre para carreras de menos de 38 años y medio.

-Un 1,875% de la base reguladora por trimestre para carreras de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.

-Un 1,75% de la base reguladora por trimestre para carreras de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.

-Un 1,625% de la base reguladora por trimestre para carreras de más de 44 años y 6 meses.

 

Para las Jubilaciones Anticipadas Involuntarias (JAI) (cuatro años antes de la ELO) los coeficientes reductores aún son los siguientes:

-Un 1,875% de la base reguladora por cada trimestre anticipado para carreras de menos de 38 años y 6 meses.

-Un 1,75% de la base reguladora por trimestre anticipado para carreras de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.

-Un 1,625% de la base reguladora por trimestre para carreras de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.

-Un 1,5% de la base reguladora por trimestre para carreras de más de 44 años y 6 meses.

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