El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha desestimado el recurso de suplicación presentado por una madre soltera que solicitaba la ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado del menor de 16 a 32 semanas; es decir, que se le diera el permiso que le correspondería al padre en una familia biparental.
En la sentencia, dictada el 11 de mayo, la Sala de lo Social confirma un pronunciamiento del Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona.
El tribunal, integrado por los magistrados Carmen Arnedo Díez, como presidenta y ponente, Miguel Azagra Solano y Guillermo Leandro Barrios Baudor, admite que se trata de un tema que ha dado lugar a pronunciamientos contradictorios por parte de diferentes tribunales superiores de justicia y que, por tanto, deberá ser objeto de unificación de doctrina por parte del Tribunal Supremo.
A favor de otorgar a la madre trabajadora el derecho a acumular a su maternidad el tiempo que hubiese correspondido al padre se han pronunciado las salas de lo Social de Galicia, País Vasco y Madrid. En contra lo han hecho los tribunales superiores de Asturias, Valencia y ahora Navarra.
El TSJN considera que se trata de un derecho individual y exclusivo del progenitor distinto del de la madre biológica, que no se puede transferir.
Al respecto, los magistrados señalan que la constitución de una familia monoparental, tanto si se trata de una mujer como de un hombre (que puede recurrir a la maternidad subrogada), genera en este terreno una serie de derechos que están diseñados en la ley, en tanto que amplía a doce semanas más la prestación controvertida solo para las familias biparentales.
Sin embargo, según explican los magistrados, el permiso de 16 semanas que contempla el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores para el progenitor distinto a la madre tiene como finalidad favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral al fomentar la corresponsabilidad de los padres en el cuidado de los hijos comunes, al tiempo que permite la creación de vínculos tempranos entre padres e hijos, como destaca el Real Decreto Ley 6/2019.
A la demandante, que dio a luz a una hija en enero de 2021, su empresa le reconoció un descanso por nacimiento y cuidado del menor de 16 semanas. La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le otorgó una prestación con arreglo al 100% de una base reguladora de 135,67 euros.
No obstante, interpuso una reclamación en la que solicitaba una prestación de 32 semanas de duración, que fue rechazada por el INSS. Recurrió judicialmente y tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona como ahora el TSJ de Navarra han desestimado sus pretensiones. Es el recurso número 145/2022.
La abogada de la recurrente sostenía que el derecho de igualdad y la primacía del interés y protección de los hijos menores impiden que la atención, cuidado y desarrollo del menor de una familia monoparental sufra una merma respecto de aquellos otros menores de familias con dos progenitores.
El tribunal estima que “el argumento de la protección del menor como sustento del recurso es engañoso, pues no existe una supuesta vulneración de un teórico derecho del menor de las familias monoparentales a ser cuidado en condiciones de igualdad con respecto a las biparentales”.
En este caso se trata de una madre que el 7 de octubre obtuvo el permiso de maternidad. Una vez agotado, solicitó el de paternidad, pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social se lo rechazó, por lo que optó por acudir a los tribunales, donde ya se habían comenzado a conceder permisos de este tipo.
Los fallos judiciales en este sentido se van acumulando en los últimos meses. A la sentencia que lo reconoció por primera vez en España en noviembre, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, se sumó otra en Galicia hecha pública a primeros de mayo y el pasado viernes otra en Valencia. El Juzgado de lo Social nº16 de esta comunidad falló que una mujer tiene derecho a disfrutar de ambos permisos en contra del criterio de la Seguridad Social, que hasta el momento ha denegado estas peticiones. Y entre fallo y fallo, se produjo otro pronunciamiento más hace tres meses, en este caso del Consejo General del Poder Judicial, que movió ficha y avaló la acumulación de permisos para una magistrada de Catalunya que es madre monoparental.


