El TS avala la compensación y absorción en el SMI del plus de antiguedad

El Alto Tribunal señala que de no ser así se produciría un “efecto multiplicador” sobre todos los convenios colectivos

 

El Tribunal Supremo avala que para ajustar el salario mínimo interprofesional (SMI) a su nueva cuantía (1.000 euros mensuales repartidos en 14 pagas) las empresas puedan absorber el plus de antigüedad del trabajador. Así lo ha determinado el Alto Tribunal en una sentencia reciente, de forma que los 35 euros de más en los que se ha incrementado la cuantía del SMI con respecto a 2021 (desde el 1 de septiembre pasó a ser de 965 euros al mes) podrán salir del extra que percibe el empleado por su antigüedad, según ha adelantado Europa Press.

Hasta el momento estos ajustes del salario base eran independientes de cualquier plus que percibiera el trabajador. De hecho, cada vez que se decretaba una subida del salario mínimo las empresas se veían obligadas a ajustar esta base, al margen de los complementos, lo que repercutía más beneficiosamente en el trabajador. Esta circunstancia había sido criticada recurrentemente por la patronal CEOE, que se apartó del acuerdo alcanzado por Gobierno y sindicatos en las dos últimas subidas.

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