El Tribunal Supremo amplía la prestación por cuidado de menores en familias monoparentales

En la sentencia STS 3880/2024, el Tribunal Supremo ha abordado la cuestión de si un progenitor en una familia monoparental puede acceder a las semanas de prestación por nacimiento y cuidado que le hubieran correspondido al otro progenitor. El caso involucra a una trabajadora, quien, tras ser madre en marzo de 2022 y obtener una prestación inicial, solicitó el reconocimiento de 16 semanas adicionales, las cuales fueron inicialmente denegadas por el INSS y la TGSS.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco revocó la decisión, otorgando el derecho a la madre a recibir dichas semanas adicionales. El Tribunal Supremo, al unificar doctrina, respaldó esta decisión y consideró que el artículo 178 de la Ley General de la Seguridad Social debe interpretarse a favor de la ampliación de la prestación en casos de familias monoparentales, contraviniendo así una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Fallo a favor la madre trabajadora

Ponte en situación de que eres una madre trabajadora que acaba de tener un bebe y de manera paralela, te enfrentas a las dificultades que conlleva ser una familia monoparental. Pues bien, esto es lo que le ha ocurrido a nuestra valiente protagonista, que tras dar a luz a su precioso bebe, solicito la prestación por cuidado del menor, que a priori le habían concedido por 16 semanas. No obstante, ella quería saber si le correspondían las 16 semanas que le hubiera disfrutado el padre, en el caso de estar. Una cuestión más que complicada, pero que no deja indiferente a nadie.

De esta forma, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que va a suponer un hito que refuerza los derechos de las madres trabajadoras. Esto es así al permitir que la madre en su condición de familia monoparental amplíe su prestación por nacimiento y cuidado de menores en 16 semanas adicionales. Y es que esta cuestión le fue denegada (inicialmente) por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

En definitiva, esta sentencia del Tribunal Supremo no solo es un triunfo para nuestra protagonista, sino que es un precedente importante para todas las madres trabajadoras en España, reforzando su derecho a una mejor conciliación laboral y familiar. Y es que, ya que realiza el “trabajo de dos”, ¿por qué no tener derecho a ambas prestaciones?

Fuente: Victoria para madres trabajadoras: el Tribunal Supremo amplía la prestación por cuidado de menores (infoemplea2.com)

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