EL 30% DE CONVENIOS COLECTIVOS INCENTIVA EL RETIRO ANTICIPADO

El 12% estimula la jubilación con menos de 65 y el 9%, un plan de pensiones.

 

La reforma de las pensiones en marcha capitaneada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha puesto en el punto de mira numerosos convenios con cláusulas que incentivaban el retiro anticipado e incluso forzoso de los trabajadores.

 

Escrivá mantiene una cruzada contra este tipo de incentivos en los convenios, pero nada se puede hacer con los vigentes y un número importante que se mantendrá durante años. Municipios de todos los tamaños,  sectores y empresas, fijan en sus acuerdos con los sindicatos cláusulas para rejuvenecer su plantilla, aplicando fórmulas ahora contraproducentes si se trata de prolongar la vida laboral. La puerta al retiro está abierta incluso para trabajadores con poco más de 60 años.

 

La reciente negociación colectiva, al tratar de la jubilación, sigue ajena a las políticas estatales (y europeas) de fomento del envejecimiento activo, por cuanto se siguen fomentando –económicamente– las vías de jubilación anticipada y ordinaria y se detecta una cierta añoranza respecto a la posibilidad de jubilar forzosamente a los trabajadores al alcanzar la edad de jubilación ordinaria. No se ha asumido, pues, la visión o la figura del trabajador que continúa prestando servicios en la empresa una vez alcanzada dicha edad.

Los incentivos van desde 8.000 euros que concede el pequeño municipio granadino de El Valle, de apenas 900 habitantes, a los trabajadores que se ‘marchen’ a los 62 años, hasta las casi dos anualidades que otorga la Casa Municipal de Cultura de Basauri. Tener trabajadores jóvenes en plantilla es la prioridad y, casi, todo vale. Los responsables municipales ofrecen, en algunos casos, desde 21 mensualidades a los empleados que se marchen entre los 60 y 61 años, a los seis meses de salario para los que lo hagan entre los 64 y 65.

 

También distintas empresas contemplan los premios a la jubilación o de vinculación. Es el caso de Abertis, que prevé en su renovado convenio para tres de sus concesionarias, una gratificación cuando el retiro se produzca tras los 65 años. A esa edad y con 12 años trabajados se prevén ocho meses de salario. En el acuerdo de Galletas Siro prevé un premio al retiro voluntario de 7.600 euros para los trabajadores con 60 años, idéntico importe que en el de las empresas de seguridad. El Málaga Club de Fútbol tiene regulada en su convenio la promoción por jubilación anticipada para sus trabajadores a partir de los 60 años y en Schweppes, lo previsto son más de 44.000 euros para los que dejen la empresa a los 61 años.

 

En todos los casos la negociación colectiva se ha adaptado a los cambios legales acaecidos en el marco de la jubilación anticipada en los últimos años; si bien le presta escasa atención –probablemente porque se trata de una medida suficientemente conocida entre los trabajadores y no vinculada a la contratación de otro trabajador– y cuando lo hace, se incide en la idea del incentivo económico

 

La posibilidad acceder a la jubilación anticipada parcial con contrato de relevo, que llegó a estar contemplada en el 35% de los convenios, ha bajado sustancialmente hasta alrededor del 25% de los nuevos convenios colectivos.

 

Desde una perspectiva general, puede afirmarse que la reciente negociación colectiva en materia de jubilación sigue la senda de la desarrollada tradicionalmente en esta materia, con pocos cambios, por lo que podría resultar interesante que los agentes sociales reflexionaran sobre si ésta debería ser también la tendencia futura pues no hay duda que las reglas de juego en esta materia están cambiando

 

Otro de los escollos del ministro son los regímenes especiales, que contemplan edades de jubilación muy por debajo de la legal. Desde los bomberos, pasando por Ertzaintza o policías locales. Estos últimos, más de 63.000, han sido el penúltimo colectivo que se adherido a la jubilación anticipada, en su caso a los 59 años cumpliendo una serie de requisitos, entre otros -en 2021- tener más de 36 años cotizados de los que al menos 15 deben haber transcurrido dentro del cuerpo. Su pensión no sufre recorte alguno debido a la sobrecotización.

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