La Seguridad Social afila el control para obligar a los bancos a devolver pensiones de muertos

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La Seguridad Social, el Imserso y las CCAA preparan el protocolo para recuperar los importes que van más allá de los cuatro años del fallecimiento.

Las arcas públicas pierden dinero a raudales todos los años por negligencias administrativas en el abono de pensiones no contributivas a personas ya fallecidas. En el último informe de fiscalización del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), el encargado de pagar estas prestaciones con cargo a impuestos a quienes no han cotizado lo suficiente como para cobrar una prestación contributiva de la Seguridad Social, el Tribunal de Cuentas detectó hasta 11 millones de euros en nóminas abonadas indebidamente en un solo año. Un sumidero que el Gobierno se ha propuesto atajar obligando a los bancos a devolver los importes cobrados tras el fallecimiento, más allá de los últimos cuatro años, y a identificar a los cotitulares de cuentas bancarias sin fondos que hubieran podido disponer de un dinero indebido. 

Aquellas personas de más de 65 años o discapacitados que no han cotizado nunca o no lo han hecho el tiempo suficiente estipulado para poder cobrar una prestación de nivel contributivo tienen derecho a una pensión no contributiva, financiada mediante aportaciones del Estado al presupuesto de la Seguridad Social, en concreto, a la partida del Imserso. Es decir, su abono sale de los impuestos y no de las cotizaciones sociales. De acuerdo con la última nómina de agosto, el sistema abona un total de 451.707 pensiones no contributivas –259.719 de jubilación y 191.988 de invalidez– que cuestan cerca de 183 millones de euros al mes. Hay que recordar que las contributivas suponen casi 9.700 millones mensuales.

Pues bien, a principios de este verano veía la luz un informe del Tribunal de Cuentas que destapaba que en el año 2016 el Imserso llegó a pagar pensiones no contributivas a más de mil personas –en concreto, a 1.096– que ya habían fallecido. El importe global de estas nóminas abonadas de manera indebida superó los 11 millones de euros, de los que el Instituto apenas pudo recuperar un 20%, en torno a 2,2 millones de euros. Así lo revelaba el órgano fiscalizador en este informe que recuerda que las pensiones no contributivas constituyen la práctica totalidad (el 99,2%) de las prestaciones económicas abonadas por el Imserso. 

A lo largo de las casi 300 páginas de informe, el Tribunal llega a la conclusión de que existen “debilidades” en el procedimiento de detección de fallecidos por parte de los órganos gestores de las prestaciones (Imserso y comunidades autónomas cruzan datos a diario con el Ministerio de Justicia y cada mes con el Instituto Nacional de Estadística). “Debilidades” que, a su juicio, resultan “especialmente significativas” cuando el plazo transcurrido entre el fallecimiento y su detección es superior a cuatro años, dada la posible prescripción del derecho a recuperar las cantidades indebidamente pagadas. De ahí que el Imserso solo pudiera recuperar el 20% de todo lo que pagó por error.

Y aquí está el problema. Cuando han transcurrido más de cuatro años desde el fallecimiento de una persona las entidades financieras no devuelven el dinero de la pensión que han ido ingresando cada mes por considerar que se trata de cantidades prescritas. Por ello, el Tribunal recomendó a la Seguridad Social que estudiase la posibilidad de implantar un procedimiento homogéneo para recabar la colaboración de las entidades financieras en la retrocesión de mensualidades que van más allá de los últimos cuatro ejercicios cuando los fondos continúen en la cuenta bancaria. En caso contrario, instó a obtener de los bancos información para identificar a los cotitulares que hubieran podido disponer indebidamente de determinadas cuantías.

El Ejecutivo tomó buena nota de las recomendaciones del fiscalizador y en estos momentos la Tesorería General de la Seguridad Social, en coordinación con el Imserso y las comunidades autónomas, ya ultima un protocolo para mejorar la eficiencia en la recuperación de los importes que van más allá de los cuatro años del fallecimiento. Según consta en una respuesta parlamentaria del Gobierno que ha consultado La Información, se intensificará el control instando a las entidades financieras “a la retrocesión de las prestaciones abonadas indebidamente tras el fallecimiento del pensionista y, en caso de no haber saldo, se indicarán los cotitulares de la cuenta”. 

“Los bancos no somos guardianes”

Fuentes del sector bancario consultadas por este medio admiten que ha habido contactos con la Tesorería General de la Seguridad Social para tratar de solucionar este problema, si bien aseguran desconocer este protocolo que está preparando el Gobierno en funciones y se centran en el argumento de que la responsabilidad de controlar que los pensionistas siguen vivos recae directamente sobre las administraciones públicas. “Los bancos no somos guardianes”, zanjan. También recuerdan que las entidades financieras realizan controles de vivencia de manera periódica, generalmente una vez al año, y consideran que esta fe de vida debería ser suficiente por su parte para evitar fraudes de personas que sigan cobrando la pensión de un familiar después de muerto.

Lo cierto es que la Seguridad Social tiene problemas para verificar que sus pensionistas siguen vivos. Hay casos sangrantes, como el pago de una pensión a un fallecido durante más de 19 años en la Comunidad Valenciana, según consta en el informe del Tribunal. A esto se suma el añadido de que los múltiples agujeros en el sistema de control pueden alimentar la picaresca y llevar a familiares de pensionistas fallecidos a seguir cobrando la paga durante meses o incluso años. No obstante, generalmente en más de la mitad de los casos en los que se abonan pensiones no contributivas a personas fallecidas las mensualidades que se pagan de más no llegan a uno o dos meses, hasta que el órgano gestor tiene conocimiento del fallecimiento.

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