La baja laboral por enfermedad de una trabajadora de la Xunta en Ourense, que desarrolla su actividad en la Xefatura Territorial de Política Social, «tiene su causa en un accidente laboral, al haberse originado por las condiciones de su lugar de trabajo». No es una enfermedad común, como defendía la Xunta, sino un accidente laboral, según una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Ourense.
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