Una profesora de 65 años consigue que el Gobierno revise el cálculo de la jubilación de los trabajadores a tiempo parcial, después de llevar su caso al Tribunal de Justicia de la UE. Tras 33 cotizados, el INSS decía que solo debía cobrar por 16 años
Vallisoletana, 65 años, profesora universitaria durante más de veinte años… y a punto de ser la persona que consiguió cambiar el sistema de pensiones español. Mientras llega ese día, prefiere continuar en el anonimato, pese a que sabía bien en lo que se metía cuando, en compañía de su letrada, decidió llevar su caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). «Esto es una cuestión de pura justicia, no de dinero, porque en realidad hay poca diferencia en la cuantía, porque la pensión se complementa a mínimos, pero se trata de recibir lo que es justo», tal como explica la abogada Rosa Gil.
Esta persona venía trabajando alrededor de cuatro o cinco horas semanales, lo que solía variar en función de los cursos que iba dando cada año. «Esto, tal y como está la Ley General de Seguridad Social para los trabajadores a tiempo parcial, le afectaba de manera muy importante a su pensión de jubilación», según explica Rosa Gil, puesto que, tras la estimación de la prestación, se aplica un coeficiente de parcialidad que se calcula en función de las horas trabajadas y que, en el caso de esta profesora universitaria vallisoletana, hizo que sus 33 años cotizados se quedasen en solo 16, al haber estado más de dos décadas de su vida laobral con una jornada a tiempo parcial. «Es ahí donde entendemos que hay una gran discriminación», apostilla su letrada, que fue lo que esgrimió para llevar este caso al TJUE.
Gil detalla que «el sistema es contributivo, por lo que la pensión depende de la base reguladora, que, claro, está en relación directa con la cotización del trabajador», por lo que, «obviamente, los que están a tiempo parcial cotizan por una base muchísimo más baja que los que están a jornada completa y eso se refleja en la base reguladora de la pensión de jubilación, que eso es justo, porque cada uno recibe en función de lo que ha cotizado». La letrada vallisoletana señala que «el problema viene a continuación, porque se aplica otro porcentaje a esa base, que va en función del periodo trabajado: el coeficiente de parcialidad».
390 EUROS
Así las cosas, tras 33 años de cotización, con una base de 736 euros, la realidad es que esta docente de 65 años debía recibir solo 390 euros, según la Seguridad Social, ya que se le aplicaban unos porcentajes reductores de hasta el 53%. Una cifra que, eso sí, el Estado elevaba a «en torno a 600 euros, que era la pensión mínima en octubre de 2016, cuando se jubiló», según recuerda su abogada, que insiste en que «no era tanto una cuestión de dinero, como de justicia». Para ella, su clienta debía recibir el 80% de su base, es decir, 588 euros: «Sí, al final iba a percibir el mínimo igualmente, pero no era justo».
Y arrancó su peregrinaje. Medio año después, cuando la Seguridad Social confirmó su dictamen, se fue en primer lugar al Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid, que rechazó las tesis de la demandante («en el fondo era lo normal, porque nos dijo que lo que se había hecho era aplicar la normativa vigente», apostilla Gil López) y que ya llevó el asunto hasta la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL). Era el 15 de septiembre de 2018 y estaban a punto de abrir la puerta del TJUE para, desde allí, remover a todo el sistema de pensiones español.
En efecto, en diciembre, el TSJ dictó una providencia en la que abría el plazo para que invocasen una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por si podía haber algún tipo de discriminación por razón de sexo en el cálculo de ese tipo de pensiones a tiempo parcial.
DISCRIMINACIÓN SEXUAL
Tras un año de espera, el pasado 9 de enero se celebró la vista en el TJUE con la letrada de la profesora y los abogados del Estado en nombre de la Seguridad Social y de España, así como un representante de la Comisión Europea, que se alineó con la línea de la vallisoletana.
La resolución de esa cuestión prejudicial invocada un año antes desde el TSJCyL ante la Corte de Luxemburgo ponía sobre la mesa la normativa comunitaria, que «prohíbe toda discriminación por razón de sexo, tanto directa como indirectamente» y decía que, en efecto, el cálculo de las pensiones del trabajador a tiempo parcial sí podía serlo, ya que el 75% de esos empleos los ocupaban las mujeres.
El TJUE devolvía el caso, con la cuestión prejudicial resuelta, al TSJ y, sin hacerlo, llamaba a la puerta del Ministerio de Trabajo, quien ya ha anunciado que está estudiando el modelo de cálculo actual, por si, en efecto, existiese discriminación hacia la mujer. «El TJUE habla solo de la discriminación que sufren las mujeres por supone el 75% de los afectados, pero sería maravilloso que se revisase todo el sistema, también el de ese 25% de hombres, porque es una auténtica injusticia el actual cálculo de las pensiones del trabajador a tiempo parcial», concluye Gil, quien recuerda que en 2014, otra trabajadora a tiempo parcial logró cambiar el sistema y que pudiese acceder a una pensión, a pesar de no sumar, según la base reductora, los 15 años mínimos.