Reconocen el cobro del desempleo a una trabajadora de Valladolid que elevó su cotización antes de jubilarse

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha reconocido el derecho de una trabajadora de Valladolid a percibir la prestación por desempleo que se le había sido concedida en el año 2013 y que, posteriormente, una inspección del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) pretendió quitársela por estimar que se había producido un fraude de ley, ya que la mujer estaba empleada en una empresa familiar de la que su esposo era el administrador, y en donde se habían incrementado las cotizaciones sociales meses antes del despido.

Un juzgado de lo Social de la capital dio la razón confirmando el acta de infracción levantada por la Administración, pero ahora el TSJ revoca la sentencia de instancia declarando el derecho a la prestación apoyándose en que «fueron meros indicios» los utilizados por el organismo estatal para retirársela.

La Inspección sostuvo para proponer la retirada del desempleo que «no parece creíble que la trabajadora justifique el incremento de sus bases de cotización a partir del año 2009 en negociaciones con su empresa, como si fuese un ente abstracto y lejano, cuando resulta que el encargado de la administración y gestión de la empresa es su cónyuge», señalaba el inspector.

«En suma, de los hechos o indicios que se nos ofrecen no puede deducirse la connivencia entre la trabajadora y la empresa a los efectos de obtener indebidamente el desempleo o mejorarlo fraudulentamente en su cuantía o duración. Cuestión distinta es la valoración que merezca ese incremento de bases de cotización, mantenidas durante el desempleo, y que se señala asimismo por la Inspección no tuvo correspondencia con el salario real que percibía la trabajadora, en relación con la pensión de jubilación a la que accedió posteriormente, lo que en todo caso no corresponde valorar aquí», concluye la Sala de lo Social del Tribunal regional, que no obliga a devolver cantidad alguna a la demandante.

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