Pensiones NO Contributivas. Complemento de alquiler

Noticia:

Para acceder al derecho a este complemento, el pensionista no contributivo debe presentar una solicitud  y reunir los siguientes requisitos: 

– Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de la resolución. Si en la misma vivienda alquilada convivieran dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva, sólo tendrá derecho a este complemento aquél que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos. 

Carecer de vivienda en propiedad.

-Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda. 

No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco, por consaguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado, ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal. 

Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Este requisito se entenderá cumplido si la vigencia del contrato de arrendamiento no es inferior a un año y el pensionista ha residido en dicha vivienda durante un período mínimo de 180 días inmeditamente anteriores a la fecha de la solicitud.

0 0 votes
Article Rating

Te puede interesar ...

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Telegram
Email
Suscribirme
Notificarme de
guest
0 Comments
Recientes
Antiguos Más Votado
Inline Feedbacks
View all comments