Los herederos pueden reclamar indemnizaciones en el ámbito laboral

Noticia:

El Tribunal Supremo mantiene que este tipo de prestación económica, al ser por motivos laborales, se encuentra dentro del “caudal hereditario”.

 

El Tribunal Supremo ha concedido a los herederos de un extrabajador de la empresa Uralita que murió de un cáncer provocado por el amianto la indemnización por daños y perjuicios que correspondía a su viuda, pese a que la mujer ya ha fallecido.

 

En su sentencia el Tribunal Supremo ha estimado el recurso de los herederos y les ha dado la razón, anulando el fallo anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que les denegó la indemnización porque la viuda del trabajador, que fue la que inició el litigio, ya había fallecido.
El Supremo mantiene que esta prestación económica, al ser por motivos laborales, se encuentra dentro del “caudal hereditario” y por lo tanto pueden seguir beneficiándose los familiares de ella a pesar del fallecimiento de la viuda.

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