Fichar a los 65 años… ¿Por qué 220.000 ocupados trabajan a la edad de jubilarse?

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Directivos con altos sueldos, autónomos con negocios prósperos y trabajadores con carreras incompletas, perfiles mayoritarios.

Pese a que las ganas de seguir en el mercado a determinadas edades no es ni mucho mayoritaria, todavía hay trabajadores que optan por explotar al máximo su vida laboral y una buena parte de ellos no lo hace para garantizarse una pensión digna y sí un sueldo elevado durante más años. Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas y Protección Social de Comisiones Obreras (CCOO), describe a La Información alguno de esos perfiles y asegura que los trabajadores que no se jubilan a la edad legal “son los que lo necesitan o los que quieren”.

“Por una parte hay autónomos con un negocio próspero, que quieren prolongar su actividad, y también hay autoempleados que se encuentran con limitaciones para llegar a una pensión mínima. La fórmula de jubilación flexible, que está siendo aprovechada por poca gente, básicamente es una opción de los autónomos, pero solo entre 30.000 y 40.000 se han acogido a la medida”, apunta Bravo. Los jubilados del régimen de autónomos cobran de media 763 euros, frente a los 1.286 de los trabajadores del régimen general, y se retiran meses más tarde. 

El responsable sindical asegura que otro perfil es el del trabajador con un sueldo elevado. “Estamos hablando de los que ganan 80.000, 90.000 o 100.000 euros y que si se jubilasen tendrían una pensión máxima de 37.000. Básicamente son altos directivos de grandes empresas”, señala Bravo, que describe un último perfil, el del trabajador con una carrera laboral incompleta que busca garantizarse una pensión digna. “Para acceder a una pensión de jubilación el período mínimo de cotización de 15 años y se tiene derecho solo a un 50% de su base reguladora. Cada mes que se trabaja aumenta el porcentaje, aproximadamente, un 0,2% y muchos buscan esa opción”.  

Trabajar y cobrar la pensión

Las personas con al menos 60 años que cumplen las condiciones exigidas para tener derecho a la pensión pueden optar por la jubilación parcial, con la que se reduce su jornada de trabajo y su salario entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%. Para poder acceder a esta opción, la Seguridad Social exige contar con un período mínimo de cotización de 15 años. Otra alternativa es la jubilación flexible. En este caso, el interesado podrá aptar a un trabajo a tiempo parcial, de entre el 50% y el 75% de la jornada completa, siempre que ya haya accedido a la prestación por jubilación de la Seguridad Social. Los Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas o del personal al servicio de la Administración de Justicia están excluidos de esta opción.

El beneficiario sigue cotizando de acuerdo a su contrato y al finalizarlo su pensión se recalculará teniendo en cuenta el nuevo período de cotización. Además, la pensión flexible es compatible con las prestaciones de incapacidad temporal o de maternidad, derivadas de la actividad efectuada a tiempo parcial, aunque incompatibles con las pensiones de incapacidad permanente que pudieran corresponder por la actividad desarrollada una vez se ha reconocido la pensión de jubilación

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