Para cobrar el subsidio por desempleo teniendo cargas familiares no es suficiente tener esas “responsabilidades familiares”, hay que acreditar que se están afrontando

Noticia:

Sentencia del TSJ Andalucía 2559/2018, de 18 Jul. (Rec. 2662/2017)

El actor venía percibiendo el subsidio de desempleo tras haber agotado la prestación contributiva por tener responsabilidades familiares. Para ello aportó la sentencia de divorcio en la que se hacía constar que el solicitante, padre de un hijo, debía pagar mensualmente la cantidad de 250 € mensuales.

No obstante, pese a constar así en el convenio regulador del divorcio, en la realidad el padre no abonaba la pensión alimenticia. La Administración le requirió para que lo probase pero no aportó prueba alguna más allá de adjuntar facturas de terapia psicopedagógica y logopédica expedidas a su nombre por servicios prestados a su hijo y alguna otra documentación relativa a gastos correspondientes anteriores a la ruptura.


No acredita el sostenimiento económico de su hijo pese a tener impuesta esta obligación en sentencia, por lo que como mantiene el SPEE no debe lucrar el subsidio pretendido porque no acredita que tenga responsabilidades familiares.

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