Las cuidadoras dadas de alta se disparan desde que el Estado asume su cotización. Crecen un 362%

Noticia:

Las cuidadoras no profesionales de dependientes dadas de alta en la Seguridad Social se han disparado desde que la Administración asume el coste de sus cotizaciones. El número de convenios especiales se ha incrementado nada menos que un 362% en los dos primeros meses en vigor de esta protección que recuperó el Gobierno de Pedro Sánchez en el decreto de “medidas urgentes para la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación”.

En concreto, desde que el pasado 1 de abril la Administración General del Estado se hiciese cargo de las cotizaciones de este feminizado colectivo se han dado de alta casi 20.000 cuidadoras. En total la Seguridad Social registra ya 26.414 personas, en su mayoría mujeres, desde los apenas 7.304 convenios especiales de estas características que había suscritos el pasado mes de marzo.

El Ministerio de Trabajo destaca en una nota que la principal ventaja para los cuidadores de suscribir un convenio especial con la Seguridad Social es que los años dedicados al cuidado de la persona dependiente, a menudo de su entorno familiar, se integran en su vida laboral y contribuyen a generar derecho a prestaciones como la de jubilación o la de incapacidad permanente. 

Hay que recordar que en el año 2012 se modificó la naturaleza de este convenio, de manera que pasaron a ser los propios cuidadores los obligados a asumir el coste de las cotizaciones. Así, de los cerca de 180.000 cuidadores no profesionales que tenían suscrito un convenio especial de estas características en julio de 2012 se descendió hasta los poco más de 7.000 en marzo de 2019.

Cómo y cuándo suscribir el convenio

La solicitud se debe presentar en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social y en la sede electrónica utilizando el servicio de “Alta en Convenio Especial”, siempre que se disponga de certificado electrónico. Hay que acompañar el formulario correspondiente con la resolución de la prestación económica de la dependencia y el DNI tanto del cuidador no profesional como de la persona dependiente.

Si al suscribir el convenio se opta por la base de cotización equivalente al tope mínimo del régimen general, el pago de la cuota será asumida en su totalidad por la Administración. Si el cuidador no profesional opta por una base de cotización superior, la Administración del Estado asume la cuota correspondiente a la base mínima y el cuidador paga por el resto.

Los cuidadores no profesionales cuya persona dependiente tenía reconocida la prestación con anterioridad al 1 de abril tienen 90 días naturales a partir de entonces para solicitar el convenio y que sus efectos se extiendan desde esa fecha (desde el propio 1 de abril). Si lo suscriben después, el convenio tendrá efectos a partir de la fecha de suscripción.

Asimismo, los cuidadores de personas cuya prestación sea reconocida a partir del 1 abril tienen 90 días para solicitar el convenio si quieren que sus efectos sean desde la fecha en la que se les haya reconocido la prestación. Si se solicita después de esos 90 días naturales, el convenio tendrá efectos desde la fecha de suscripción del mismo.

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