La Seguridad Social reclama una media de 1.800 euros por pagos indebidos a 46.200 pensionistas

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La Seguridad Social reclama casi 83 millones de euros a más de 46.000 pensionistas a los que ingresó dinero de más en 2016. Tres años después, tras el cruce de datos con la Agencia Tributaria, la campaña anual de control de complementos a mínimos ha destapado que muchos de los  perceptores superaban el límite de renta y cada uno de esos beneficiarios de pensiones más bajas debe, a escote, unos 1.800 euros. 

La campaña, correspondiente al último año del que se disponen de datos fiscales confirmados y de cuyas conclusiones preliminares ya informó este medio, ha finalizado con el siguiente resultado: el importe total reclamado asciende a 82.793.857,25 euros y el número de pensiones con complementos a mínimos suprimidas o modificadas se eleva a 46.206, lo que deja una deuda por pensionista de hasta 1.792 euros de media. 

Las cartas han llegado a sus domicilios tras el estudio de las circunstancias concurrentes en cada caso por parte de las direcciones provinciales y las alegaciones presentadas por los interesados. En total, la Seguridad Social ha cruzado con Hacienda datos de las rentas de más de  2,4 millones de pensionistas a los que el Estado complementó la pensión al no alcanzar el umbral mínimo fijado en los Presupuestos Generales del Estado y que se situó en 7.116,18 euros anuales en 2016. De estos, fueron señalados 90.646 beneficiarios. 

Se trata, por tanto, de los pensionistas que cobran las prestaciones más bajas y suponen prácticamente un cuarto del total de beneficiarios. No en vano, los mencionados complementos tienen por objetivo garantizar un nivel mínimo de subsistencia a todos los perceptores. La condición sine qua non es que el beneficiario no perciba rentas de capital o trabajo personal, y, si las percibe, que no excedan de la cuantía que se establece anualmente en la Ley de Presupuestos.

Además, hay que recordar que los complementos a mínimos no tienen carácter consolidable y se revisan anualmente. Es decir, se mantiene el complemento solo mientras se cumplan los requisitos que dan derecho a él. Si el pensionista recibe otras rentas o su pensión sube (por ejemplo, por revalorizaciones o porque se le han reconocido nuevas prestaciones que se suman), el complemento a mínimos es absorbido por esas cuantías hasta llegar a eliminarse si la pensión escala por encima del mínimo. 

De cualquier manera, los pensionistas están obligados a devolver los cobros que ahora han sido declarados indebidos, una vez se han contrastado los datos de la renta de 2016. El reintegro de las deudas por complemento a mínimos se materializa, preferentemente, a través de descuentos a aplicar sobre la nómina mensual de la pensión, salvo que el deudor opte por abonar la deuda en un solo pago. No obstante, los contribuyentes siempre están en su derecho de interponer reclamaciones a las resoluciones de la Seguridad Social por la vía judicial.

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