La Seguridad Social gana en Valencia su primer macrojuicio contra Deliveroo: 97 ‘riders’ eran falsos autónomos

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El magistrado del juzgado número cinco de la capital valenciana valida por primera vez en toda España la actuación de Inspección de Trabajo

Un juzgado de Valencia ha validado la actuación de Inspección de Trabajo en relación a la empresa de reparto Deliveroo y ha dictaminado que sus repartidores operaban como falsos autónomos. Así lo recoge la sentencia del magistrado del juzgado número cinco de lo social de la capital valenciana, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, y que atañe a 97 ‘riders’. Este es el primer fallo judicial en toda España que valida el criterio de Inspección de Trabajo en una actuación sobre una empresa digital de reparto.

Hasta ahora Deliveroo, al igual que Glovo, había sido objeto de intervenciones de la ‘policía laboral’. Este organismo había determinado hasta ahora de manera unánime en Valencia, Barcelona y Madrid que el sistema de autónomos en el que sustentaba su entramado de repartidores no se adecuaba con el ordenamiento jurídico español. Estos debían ser trabajadores asalariados e Inspección interpuso sendas multas a la multinacional por ello, en concepto de cotizaciones atrasadas a la Seguridad Social. Pues la carga fiscal que tiene un trabajador autónomo que cotiza por la base mínima es inferior a la de un asalariado que se rige, en este caso, por el convenio de la hostelería.

No obstante, Deliveroo había recurrido las actuaciones ante los tribunales y el pasado 19 de junio, fecha de la sentencia, juzgado de lo social número cinco de Valencia emitió la primera sentencia: los ‘riders’ actuaban como falsos autónomos. “La relación que unía a los mismos en el periodo contemplado era de carácter laboral”, concluye el magistrado.

Fuentes consultadas de la Seguridad Social no han querido deslizar las cifras de la multa o cuantía pendiente de pago a la que deberá enfrentarse ahora Deliveroo, ya que la sentencia conocida este jueves proviene de un juzgado de primera instancia y es, por tanto, recurrible. De hecho, la empresa en un comunicado ya ha avanzado que impugnará el fallo judicial, ya que considera que “no refleja la forma en la que los riders trabajan con la compañía”. 

Dos macrojuicios más pendientes

Deliveroo afronta, ahora con el precedente de Valencia, la sentencia de un juzgado de Madrid por un macrojuicio de una magnitud cinco veces superior. El pasado 31 de mayo quedó visto para sentencia otro caso de la Seguridad Social contra Deliveroo con 529 repartidores implicados. En Barcelona el proceso está a la espera de juicio, con 748 ‘riders’ implicados y 1,3 millones de euros en cotizaciones a la Seguridad Social pendientes de confirmar.

La multinacional ha insistido en que “colabora con riders autónomos, ya que es este tipo de trabajo el que les permite tener la flexibilidad y el control que ellos quieren. Como autónomos, los riders pueden elegir si quieren trabajar o no, así como cuándo, cuánto y con quién hacerlo”, ha manifestado la compañía en un comunicado.

No obstante, la sentencia recoge diversas pruebas conforme la empresa ejercía un control directo sobre sus repartidores. “Todo el mundo sin excepción deberá seguir este procedimiento”, lo que va en contra de la libertad de un autónomo para seguir sus propios métodos, o “se van a realizar revisiones periódicas del equipamiento”, contrario a la libertad del autónomo a utilizar sus propios medios de producción, son algunas de los argumentos que han sido decisivos para el juez para considerar que la relación era más propia de un asalariado. 

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