El Gobierno equipara los supuestos de nulidad en los despidos de hombres y mujeres de baja por nacimiento

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El Gobierno tiene previsto aprobar hoy el real decreto ley sobre igualdad laboral entre hombres y mujeres que incluirá medidas para reducir la brecha salarial y lucha contra la discriminación por sexos en el trabajo, así como la equiparación, por fases, en el permiso por nacimiento de ambos progenitores.

Según un borrador del real decreto ley el texto incluye novedades en los supuestos de nulidad de los despidos por causas objetivas, al equiparar esos supuestos para hombres y mujeres durante y después de la baja por nacimiento o adopción de hijos. En concreto, se modifica el artículo 53 del Ley del Estatuto de los Trabajadores que señala que serán nulos los despidos por causas objetivas de personas trabajadoras durante o después del periodo de suspensión del contrato de trabajo “por nacimiento”, en lugar de la anterior redacción, que se refería a bajas de “maternidad” y de “paternidad”. Los supuestos de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia se mantienen sin cambios.

Además, el real decreto ley refuerza la protección de los trabajadores (hombres y mujeres) después de una baja por nacimiento, ya que amplía el periodo en el que la salvaguarda se aplica, que se incrementa hasta los 12 meses desde el nacimiento desde los nueve meses de la actualidad.

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