Compatibilidad de los derechos de autor con la pensión de jubilación

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La disposición final segunda de del Real Decreto Ley 28/2018 establece que en el plazo máximo de 6 meses el Gobierno aprobará una norma que modificará el artículo 213 de la Ley General de Seguridad Social, donde actualmente se regulan las incompatibilidades para disfrutar de la pensión de jubilación.
La propuesta del Ejecutivo, en consonancia con lo que sucede en la mayoría de los países europeos, va dirigida a permitir la plena compatibilidad de la pensión de los profesionales dedicados a la creación artística con los derechos de propiedad intelectual que perciban por esta actividad.
Asimismo, esta disposición gubernamental introduce una «cotización de solidaridad» del 8 por ciento. El director general de CEDRO, Jorge Corrales, explica que este tipo de cotización “es similar a la establecida en otros países”.

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1 comentario en «Compatibilidad de los derechos de autor con la pensión de jubilación»

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