Una sentencia obliga al Estado a cotizar por los jueces de paz

Noticia:

La sentencia reconoce a los jueces de paz la cualidad de “personal civil no funcionario al servicio del Estado”, por lo que la Administración estaba obligada a cursar el alta en el Régimen General de la Seguridad Social y a cotizar por el período trabajado.
Por tanto, se condena a la Administración a cotizar dicho período y a pagar la diferencia de la cuantía de la nueva prestación de jubilación que se le reconoce, todo ello sin perjuicio de que el INSS anticipe dichas cantidades.
El fallo se fundamenta en lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social, que incluye en el campo de aplicación del Régimen General al personal civil no funcionario de las administraciones públicas.

ENLACE a la noticia:

http://www.finanzas.com/noticias/empleo/20180920/sentencia-obliga-estado-cotizar-3912383_age.html

 

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