- Absueltas las únicas dos personas que no aceptaron reconocer el delito
- De 109 perceptores iniciales, son condenados los 21 que recibieron las ayudas después de 2013
La Audiencia de Sevilla ha condenado a 23 acusados de un fraude masivo a la Seguridad Social: el empresario que les dio de alta ficticiamente, su colaborador y 21 personas que vieron reconocido el derecho a desempleo y otras prestaciones por un importe de hasta 10.224 euros para cada uno.
La sentencia de la Sección Tercera, a la que tuvo acceso este periódico, absuelve por falta de pruebas a las únicas dos personas que no se conformaron y que estaban acusadas de captar clientes para el cabecilla de la red, Jesús V. F.
Este hombre era administrador de dos empresas de inversiones que, entre 2011 y 2013, dio de alta ficticiamente a trabajadores sin que ninguno de ellos “hubiera realmente realizado actividad laboral alguna ni recibido salarios de la empresa”. Inicialmente fueron 109 las altas fraudulentas pero solo llegaron a juicio las posteriores a enero de 2013, cuando el delito se tipificó también para los perceptores.
La empresa cobraba entre cien y 150 euro por cada alta pero “carecía de actividad real y era una mera pantalla para conseguir altas en el sistema de la Seguridad Social”, según la sentencia facilitada por el TSJA.
El empresario Jesus V.F. es condenado a 18 meses de prisión y Jose Guillermo S. N., que le ayudaba en la captación de trabajadores ficticios, cumplirá un año de cárcel, mientras que los perceptores de ayudas son sentenciados a penas de entre cuatro y seis meses de prisión.
El fallo es absolutorio respecto a tres procesados: Jesús Z.C., para quien retiraron todos los cargos al demostrar que sus percepciones fueron totalmente legales, y respecto a Ángel V.F., hermano del empresario, y Rafael D.Q., que fueron acusados por el fiscal, el abogado del Estado y el letrado de la Seguridad Social como captadores de trabajadores.
Estos dos supuestos captadores “desde un primer momento negaron los hechos que se les imputaban, y así lo volvieron a reiterar en el juicio”, dice la sentencia, que precisa que respecto de Ángel “ningún testigo ha afirmado haberle abonado cantidad alguna para ser dado de alta fraudulentamente” y la única declaración de uno de los “arrepentidos” no tiene “la suficiente fuerza convictiva”.
Respecto a Rafael, “la declaración de la coacusada Deisy S.V. no nos pareció lo suficientemente convincente de la autoría de los hechos” pues además de lo declarado por ambos “se revela palmariamente la mala relación o enemistad que subyacía entre ellos”.