La sala social del Supremo publicó la sentencia esta semana y cambia y corrige la jurisprudencia y doctrina que se venía aplicando hasta la fecha. La razón para este cambio de rumbo del Supremo se debe a que los magistrados asumen la opinión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se pronunció el 15 de marzo señalando que no había ninguna normativa europea, en reglamentos comunitarios, que impidiera el disfrute del complemento de la incapacidad con una jubilación de otro país europeo.
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