Los planes de pensiones son uno de los métodos de ahorro estrella para la jubilación. La posibilidad de ir haciendo aportaciones periódicas para incrementar nuestro patrimonio y tener asegurado un complemento durante el retiro hace que muchas personas se decanten por esta fórmula de inversión.
Sin embargo, se trata de un producto que también suscita dudas, especialmente si la persona titular del plan fallece. En estos casos son muchos los que se hacen la misma pregunta: ¿qué pasa con el dinero y quién lo hereda?
Para responder a esa pregunta conviene saber que los planes de pensiones no forman parte de la masa hereditaria ni tienen porqué figurar en el testamento. Estos cuentan con su propio mecanismo en caso de que la persona fallezca, ya que permiten designar un beneficiario concreto, que es quien se convertirá en el heredero del plan. De no designar ningún heredero, el plan pasará a los herederos legales en el siguiente orden: cónyuge no separado legalmente, hijos, padres u otros herederos.
No obstante, debido al aumento de la esperanza de vida y a la popularización de la jubilación anticipada es posible que, en muchos casos, el titular del plan ya hubiese empezado a percibir el dinero. Si lo estaba recibiendo a través de rentas financieras, es decir, tomando el importe que se ha generado hasta que se gaste, el heredero recibirá la parte del dinero que el fallecido no hubiera utilizado. Si lo estaba haciendo a través de rentas garantizadas, que aseguran el cobro de una cantidad de dinero de forma temporal o vitalicia, todo dependerá de lo que hubiese dispuesto el titular del plan. Es decir, si hubiese pactado una reversión de una renta asegurada para otra persona o no.
Además, en este punto habrá que tener en cuenta el pago de impuestos, ya que el dinero recibido en un plan de pensiones no tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, si no que lo hace en la renta. Todo ello, siempre y cuando se rescate el dinero que había en él, ya que si el heredero decide seguir con este producto no tendrá que hacerlo.
No obstante, de cobrar el dinero, conviene estar al tanto de la tributación. Puesto que los planes de pensiones forman parte de las rentas del trabajo, estas subirán considerablemente el tipo al que tributamos (en algunos casos hasta los máximos del 45%) en caso de que el importe que hubiese en el plan fuera elevado. Para ello, una de las alternativas es rescatarlo en forma de rentas, es decir, cobrando una pequeña parte cada año.