El Pacto de Toledo tiene un borrador que, salvo cambios por estrategias electorales, intentará sacar adelante de forma urgente

Noticia:

Todos los grupos parlamentarios que discuten desde hace más de dos años la renovación de las recomendaciones para reformar el sistema de pensiones acaban de cerrar in extremis un borrador con el fin de aprobarlo antes de que se disuelvan las Cortes el próximo 5 de marzo

A falta de las últimas aportaciones de los partidos, estas son las principales recomendaciones del borrador consensuado en líneas generales por los grupos parlamentarios

Principios generales. La recomendación número 0 fija unas líneas rojas en las que los partidos firmantes “se oponen a cualquier transformación radical del sistema de pensiones”. El otro principio general es el mantenimiento de las cotizaciones como fuente principal de ingresos, aunque añaden que estas “requieren de apoyos y recursos económicos adicionales, basados en la imposición general”.

Separación de ­fuentes. La recomendación número 1 determina incluso qué gastos deben dejar de pagarse con cotizaciones, liberando dinero para el sistema. En concreto, citan que los tributos deberán financiar las políticas de incentivos al empleo; las prestaciones asistenciales del sistema de protección por desempleo (esto es, los subsidios); ayudas a sectores productivos a través de la anticipación de la edad de jubilación, y el tratamiento favorable de algunos sistemas especiales o de los jóvenes en formación. Además, las prestaciones relacionadas con la maternidad o cuidado de familiares y el complemento de maternidad de las pensiones. De hecho, confían a esta separación de fuentes la eliminación de los números rojos del sistema.

Poder adquisitivo. El borrador incluye la única recomendación pactada hasta la fecha. Se trata de la polémica número 2, para la que se llegó a un acuerdo el pasado septiembre por todos los partidos, salvo ERC, para volver a revalorizar las pensiones “en base al IPC real”.


Convergencia de regímenes. Los integrantes apuestan por que la Seguridad Social llegue a tener solo dos grandes regímenes: uno de asalariados y otro de trabajadores por cuenta propia. Y “alcanzar una protección social equiparable [en estos dos regímenes] con una cotización similar de los trabajadores”.

Contributividad y periodos de cotización. A falta de los informes de la Dirección de Ordenación de la Seguridad Social, la comisión, en la recomendación quinta, considera adecuado mantener los 15 años cotizados como mínimo para acceder a una pensión contributiva. Así como continuar con la estructura y cuantía de las pensiones mínimas de forma “que no desincentive la cotización”. Asimismo, abordan la posibilidad de futuras ampliaciones de los años que se toman para el cálculo de la base reguladora de la pensión (25 últimos años desde el año 2022). Además, plantean que este aumento “alcance, en su caso, la totalidad de la vida laboral, así como la posibilidad de que el pensionista pueda escoger aquellos años de su carrera de cotización que le sean más favorables”.

Edad de jubilación. Se fijan un objetivo: “Lograr que la edad de salida efectiva del mercado de trabajo se aproxime tanto como sea posible a la edad ordinaria de jubilación legalmente establecida”. Para ello, reclaman nuevas medidas para que el pensionista pueda seguir en activo sin perder su pensión. La comisión pide, en este sentido, que la jubilación anticipada se “reserve a aquellos trabajadores que cuenten con largas carreras de cotización y que opten por acogerse a ella”.

Pensiones complementarias. Quieren que se impulsen “de forma preferente” los sistemas colectivos de pensiones en el marco de la negociación colectiva (…)prioritariamente sin ánimo de lucro”, dicen

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4 comentarios en «El Pacto de Toledo tiene un borrador que, salvo cambios por estrategias electorales, intentará sacar adelante de forma urgente»

  1. Hola buenos días me llamo Basilio tengo 63 años y estoy cobrando una incapacidad permanente absoluta de 635€, mi pregunta es al estar cobrando está incapacidad me podría prejubilar? Muchas gracias

    Responder
    • Estando recibiendo una pensión de Incapacidad Permanente no podrás jubilarte hasta cumplir tu edad legal ordinaria, que no tiene por qué ser a los 65 años pues depende de los años cotizados y del mes y año de nacimiento.
      Cuando llegue dicha edad puedes solicitar que te calculen la pensión de jubilación y podrás optar por la que te sea más beneficiosa, la de jubilación o la de incapacidad.

      Responder

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