La jurisdicción social no es competente para examinar el ‘despido’ de un sacerdote pues el vínculo no nace de un contrato, sino que tiene un carácter espiritual
Tan solo se les asimila a trabajadores o autónomos ante la Seguridad Social
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/04/05/legal/1522912214_967075.html