Una leonesa cobra durante 17 años la pensión de su tío fallecido y se apropia de 132.000 euros

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La acusada, que se enfrenta a seis años de cárcel y una multa de 99.000 euros, asegura que comunicó el fallecimiento a la entidad bancaria, donde eran conscientes de la muerte del familiar dado el tamaño de la localidad de Villablino

Una leonesa se enfrenta a una pena de seis años de cárcel y una multa de 99.000 euros por el cobro durante 17 años de la pensión de su tío fallecido por un delito de fraude de prestaciones al sistema de la Seguridad Social.

Por su parte, la acusada solicita su libre absolución y atribuye el fallo al banco, al que comunicó el fallecimiento de su tío, que además era de sobra conocido en una localidad del tamaño de Villablino.

La vista oral tendrá lugar en la Audiencia Provincial de León el 2 de diciembre a las 12:30 horas, apenas una semana después de que se juzgue a otra leonesa que cobró durante 33 años la pensión de su suegra fallecida.

Acusación pública

Según las calificaciones previas a las que ha tenido acceso este diario, la acusada era cotitular de una cuenta junto con su tío en la sucursal del Banco Santander de Villabino y en la que se efectuaba el ingreso de la pensión de jubilación.

A pesar del fallecimiento de su tío, de forma intencionada y para obtener un beneficio patrimonial ilícito, siguió percibiendo la jubilación, ascendiendo a 132.644 euros la cantidad percibidas indebidamente entre enero de 1997 y octubre del 2016.

Si bien, la entidad, a través del procedimiento de retrocesión automático, retrocedió todo lo abonado desde noviembre del 2011, 33.613 euros, por lo que la cantidad defraudada al INSS por la acusada asciende a 99.031 euros.

Además, la Fiscalía entiende que la entidad incumplió plenamente su obligación de realizar al menos una vez al año un control de pervivencia del titular de la pensión, cuyo incumplimiento conlleva la responsabilidad civil subsidiaria ante el INSS derivada de su negligencia por las cuantías indebidamente abonadas.

El Ministerio Fiscal entiende que los hechos son constitutivos de un delito de fraude de prestaciones al sistema de la Seguridad Social por el que solicita una pena de seis años de cárcel y una multa de 99.031 euros así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el periodo de ocho años.

Alternativamente y por el delito continuado de estafa en su modalidad agravada, la Fiscalía solicita la pena de 5 años y ocho meses de prisión así como la pena de 12 meses a razón de 15 euros diarios. En ambos casos, la acusada deberá pagar una indemnización al INSS en concepto de la cantidad defrauda.

Defensa

Por su parte, la defensa exculpa a su clienta, la que compartió residencia con su tío durante más de 30 años, y señala a la entidad financiera, a la que su clienta le comunicó debidamente el fallecimiento del varón, siendo suponer que su debe era el de dar cuenta de la situación al INSS.

Es más, apunta a que en una población del tamaño de Villabilino es debidamente conocido el fallecimiento del varón, no exigiéndole durante los casi 19 años la presentación de algún documento sobre la supervivencia de su tío, advirtiendo de que por edad el pensionista habría tenido en la fecha de denuncia 106 años.

La defensa remarca que la acusada obró de buena fe, alimentada por las conversaciones que había mantenido con el personal de la entidad, y sin ánimo de enriquecimiento vino haciendo suyos os importante de la pensión.

Por tanto, continúa la defensa, es evidente que la actuación de la acusada es fruto de un error manifiesto y el desconocimiento de que estaba incurriendo en una conducta penal, creyendo que lo percibido era en virtud de tener un derecho como único familiar que le atendió durante muchos años y hasta su muerte, a una pensión de las llamadas en favor de familiares. Por tanto, entiende que los hechos no son constitutivos de delito alguno y solicita la libre absolución.

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