Jubilación parcial: interesante sentencia de la Audiencia Nacional en materia de concentración de jornada del trabajador y situación de incapacidad temporal (sentencia de la Audiencia Nacional de 1 de marzo de 2019).
En concreto, la AN declara el derecho de los trabajadores que se hayan acogido a los planes de jubilación parcial que prestan servicios de forma acumulada mediante jornadas completas, a que no se amplíen los períodos de prestación efectiva de los servicios como consecuencia de incurrir durante dicho período de actividad en situación de Incapacidad Temporal.
En su sentencia, la Audiencia Nacional señala que teniendo en cuenta que ni en la Circular del plan de jubilación parcial ni en el contrato se establece que, en el caso de acumulación de jornada, cuando los trabajadores están en situación de IT “no opera la acumulación de jornada”, en virtud del principio de libertad de pactos, la situación de IT no debe dar lugar a la prórroga del periodo efectivo de prestación de servicios.