El jurado declara culpable a la funcionaria del INSS que admitió haber hinchado ayudas

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La Fiscalía pide cinco años de cárcel y la defensa poco más de cinco meses para la concurrencia de varios atenuantes

El jurado popular ha declarado este miércoles culpable por unanimidad a una funcionaria de la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Tarragona por hinchar prestaciones para su hija y para los hijos de otras personas.

La mujer, que ya confesó los hechos durante el juicio que se ha hecho en la Audiencia de Tarragona, dijo que las ayudas eran “insuficientes” y que quería “ayudar a los demás”.

La Fiscalía y la acusación particular han pedido una pena de cinco años de prisión por un supuesto delito de malversación en concurso con falsedad documental. Por su parte, la defensa sólo ve un supuesto delito de falsedad de documento mercantil y ha pedido cinco meses y medio por la concurrencia de cuatro atenuantes.

La mujer declarada culpable, M., trabajaba como auxiliar administrativa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social en Tarragona encargándose de la gestión de prestaciones del seguro escolar de neuropsiquiatría desde marzo de 2009, entre otras tareas.

La prestación de este seguro cubre el pago de los servicios de alojamiento y manutención en centros sanitarios, así como la asistencia psiquiátrica correspondiente por un período inicial de seis meses, que se puede prorrogar hasta un año y medio por periodos de seis meses .

El jurado ha considerado probado por unanimidad que la funcionaria, en el ejercicio de sus funciones, modificó documentos para tramitar el expediente de su propia hija en noviembre de 2010 y que percibió indebidamente poco más de 33.000 euros a cuenta de el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Además, también ha considerado probado que, para que otros padres beneficiarios recibieran un importe mayor al que verdaderamente les correspondía, la mujer inflar las facturas que habían aportado.

Irregularidades

En concreto, estos hechos afectaron a tres familias que desconocían las irregularidades y que tuvieron que devolver 13.925 euros, 11.634 euros y 1.036 euros, respectivamente.

El jurado ha apreciado las atenuantes de confesión, reparación del daño -por haber devuelto el dinero- y una leve disminución de las capacidades volitivas de la mujer. Además, se ha mostrado favorable de suspenderle la pena si la condenan a menos de dos años de prisión.

Absuelven una de las dos madres acusadas de cooperar con ella

Por otra parte, el jurado no consideró probado que una mujer hubiera hinchado facturas y falseado documentación, en connivencia con la funcionaria, con el fin de obtener prestaciones más elevadas para su hija.

Por tanto, la mujer, que inicialmente se enfrentaba a cuatro años de prisión por un presunto fraude de 7.600 euros, ha quedado absuelta por la juez.

Por el contrario, el jurado sí consideró que la otra acusada, S., se puso de acuerdo con ella para percibir indebidamente 34.180 euros provenientes de fondos públicos, para su hijo, entre los años 2010 y 2011.

Sin embargo, el jurado no consideró probado que la mujer falseara documentación, pero sí ha valorado que “se dejó llevar” y que no hizo ninguna actuación “para corregirlo”.

Penas de hasta cinco años de prisión

La Fiscalía ha rebajado de seis a cinco la petición de cárcel para la funcionaria por un supuesto delito continuado de malversación de fondos públicos en concurso con falsedad documental, y también ha pedido el pago de una multa de 3.240 euros y cinco años de inhabilitación.

Para la otra mujer considerada culpable por parte del jurado, la fiscal ha rebajado la pena de cuatro a tres años de prisión por malversación. La acusación particular que ha representado a la Seguridad Social se ha adherido a las pretensiones de ministerio público.

Por su parte, la defensa de la funcionaria ha pedido que se tengan en cuenta las atenuantes de confesión, reparación del daño, afectación leve de las capacidades volitivas y dilaciones indebidas, y que se la condene a cinco meses y medio de prisión por un supuesto delito de falsedad de documento mercantil y, en ningún caso, por malversación.

A su vez, la abogada de la otra acusada ha reclamado la suspensión de la pena de prisión por la malversación y que se tengan en cuenta las dilaciones indebidas y el estado de necesidad económica que sufría. El juicio ha quedado visto para sentencia.

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