Andalucía acumula el 14% de las ayudas para cuidado de hijos enfermo

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Andalucía, con 868, era la tercera comunidad autónoma con más prestaciones económicas concedidas por la Seguridad Social destinadas a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer u otra grave enfermedad, y acumulaba más del 14% del total nacional, con datos actualizados hasta el pasado mes de mayo.

De esta manera, según los datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM) y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional correspondientes al pasado ejercicio de 2019, acumulados hasta el mes de mayo y consultados por Europa Press, Andalucía concentraba aproximadamente el 14% de los procesos de dichas prestaciones en vigor.

En lo que va de año, el número de procesos iniciados en Andalucía hasta mayo ha sido de 195, cerca de un tercio de los mismos en la provincia de Sevilla (62), que es así la que acumula la mayor cantidad, por delante de Cádiz (33) y Málaga (31). En el extremo opuesto se sitúan, como provincias andaluzas con menos procesos empezados, las de Almería, con 11; Huelva y Jaén, ambas con 13.

El número de procesos en vigor al final del mes de mayo era superior al que se registraba a 31 de diciembre de 2018 –que era 760–, que a su vez sobrepasaba a las 563 de final de 2017.

La propia naturaleza de la prestación hace que la duración sea elevada, hecho que explica que la duración media de las mismas que han finalizado entre enero y mayo sea de 380,6 días.

Por provincias, Sevilla era la que registraba un mayor número de prestaciones en vigor al final de mayo, con 265, por delante de Málaga, con 171, y Cádiz, con 157. En el extremo opuesto se situaban Almería, con 38, y Huelva, con 54.

En Andalucía, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se encargaron del gasto correspondiente a 185 de las 195 prestaciones iniciadas entre enero y mayo, y destinaron un importe medio de 16.409,09 euros por proceso finalizado en dicho periodo de tiempo. Las restantes diez prestaciones empezadas en este periodo están vinculadas directamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

OBJETO DE LAS PRESTACIONES

Estas prestaciones tienen como objetivo compensar la pérdida de ingresos que los padres sufren como consecuencia de obtener un menor salario al tener que reducir su jornada laboral. Se pueden beneficiar de este subsidio los trabajadores afiliados y en alta, cualquiera que sea su sexo, que reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, el 50%.

La prestación económica del subsidio se calcula sobre el 100 por 100 de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales. La prestación se extingue, entre otras causas, cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumple 18 años.

El pasado mes de febrero, la Seguridad Social anunció la inclusión de tres nuevas patologías pediátricas –piel de mariposa, el síndrome de Smith-Magenis y el síndrome de Behçet– al catálogo de dolencias graves que pueden dar lugar al reconocimiento de la prestación, lo que elevaba a 113 las enfermedades graves contempladas en esta lista.

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