La Audiencia Nacional avala juntar la lactancia y la excedencia sin que se pierda salario

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La empresa denunciada obligaba en la práctica a elegir entre los dos derechos

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que avala el derecho de los trabajadores de los contact center a disfrutar sin ningún condicionante ni descuento económico el permiso acumulado de lactancia y seguidamente la excedencia por cuidado de hijo.

El fallo, emitido el pasado 21 de enero, se produce a raíz de una demanda sobre conflicto colectivo presentada por los sindicatos CCOO, CGT, CSIF, UGT, USO y CIG contra la empresa Atento.

La compañía aplicaba descuentos salariales al personal, principalmente trabajadoras con contratos parciales, que decían encadenar el permiso por lactancia y la excedencia por cuidado de hijos, lo que en la práctica les obligaba a optar por uno de los dos derechos.

En concreto, según la Audiencia, les descontaban el tiempo proporcional a los nueve meses de acumulación de la lactancia en los que no prestaban sus servicios porque habían solicitado la excedencia por cuidado de hijos de manera inmediata al permiso de lactancia.

La empresa alegó que para disfrutar del permiso acumulado de 15 horas para el cuidado del lactante previsto en el artículo 32 del convenio de Contact Center era necesario que el trabajador hubiera prestado servicios a la empresa durante los nueve primeros meses de vida del lactante.

La Audiencia Nacional, en cambio, estima la pretensión de los sindicatos y declara el derecho de los trabajadores de contact center a disfrutar el permiso acumulado de lactancia y seguidamente de la excedencia por cuidado de hijo sin que se apliquen descuentos en la nómina del trabajador.

Entre sus argumentos, la Sala considera que la igualdad de género debe primar a la hora de interpretar y aplicar una norma cuando existan varias opciones e insta a las empresas a “facilitar el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral”.

En el fallo se reconoce expresamente que la conciliación familiar y laboral “descansa fundamentalmente en hombros femeninos, con importantes repercusiones en brechas de empleo y de condiciones de trabajo, que afectan de modo directo a la línea de flotación de la igualdad de trato y oportunidades”.

En este punto, citando datos del Instituto de la Mujer, la Audiencia recuerda que más de un 90% de las excedencias por cuidado de hijos son disfrutadas por las madres (en 2017 fueron 40.563 madres frente a tan sólo 3.363 padres). “La dimensión constitucional de las medidas normativas para facilitar la compatibilidad de la vida laboral y familiar (…) ha de prevalecer y servir de orientación para la solución de cualquier duda interpretativa en cada caso concreto”, defiende la Audiencia.

CSIF, uno de los sindicatos que se adhirió a la demanda, ha celebrado esta victoria judicial en materia de igualdad. “Muchas mujeres ven condicionada su carrera profesional cuando son madres por la falta de corresponsabilidad en la pareja y por las dificultades para conciliar”, denuncia.

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