“Fijo discontinuo”, el empleo que más ha crecido en la crisis.

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Desde que comenzó la crisis económica las tasas de temporalidad de la economía española se han reducido significativamente. Si antes un 30% de los asalariados tenía un contrato temporal, ahora son menos de un 27%. Esta mejoría se explica, en parte, por la proliferación de los contratos indefinidos discontinuos, un ‘falso indefinido’ que trabaja solo en los periodos en los que su empleador requiere sus servicios y que, el resto del tiempo, permanece en el desempleo. Esto es, se trata de un empleo estacional que se asemeja mucho a un temporal al uso.

Este ‘falso indefinido’ se ha disparado desde el inicio de la crisis, hasta el punto de ser la figura que más ha crecido desde la burbuja inmobiliaria. Según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) publicados la semana pasada, el ritmo de creación de este tipo de contratos es del 6,6% interanual, el doble que el del resto de contratos.

Este tipo de contrato se adapta perfectamente a los sectores con una alta estacionalidad, como es el caso del turismo. Esta figura permite a las empresas tener en plantilla a estos trabajadores durante los periodos en los que tienen alta demanda y enviarlos al desempleo en las épocas de baja actividad.

Como el contrato no tiene fecha de finalización, no aparece en las estadísticas de temporalidad, lo que permite que este dato quede maquillado. Pero eso no impide que estos trabajadores solo estén ocupados durante unos meses al año, algo que se parece mucho a un contrato temporal. Durante los periodos en los que permanecen en el paro, también consumen la parte correspondiente del seguro de desempleo.

Las dos principales diferencias con los temporales son que tienen prioridad para volver a la empresa cuando demanda mano de obra y que tienen mayor protección ante un despido, por ejemplo, las cuantías de la indemnización. En cualquier caso, el indefinido discontinuo ha servido para ocultar una parte de la precariedad creciente del mercado laboral español, ya que queda camuflada dentro de las estadísticas de trabajadores indefinidos. Sin embargo, la realidad es que su carga de trabajo es esporádica y también su salario.

Es importante señalar que este tipo de contrato es el que marca la ley para los empleos estacionales y no el temporal. Los contratos temporales no pueden emplearse para cubrir oscilaciones periódicas en la carga de trabajo de las empresas. Por ejemplo, la hostelería, que cubre con empleos temporales las temporadas altas, están incurriendo en un fraude de ley. Esas empresas deberían emplear la figura del indefinido discontinuo, ya que no estarían cubriendo una carga de trabajo excepcional, sino que forma parte de su calendario normal.

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