La ‘mochila austriaca’ ha vuelto al centro del debate. El sistema de seguro en virtud del cual cada trabajador llevaría consigo -de ahí lo de mochila- en una suerte de cuenta personal los derechos en forma de días de salario acumulados por cada año trabajado con independencia de la empresa para la que se efectúe ese trabajo y que podrían ser materializados a decisión del trabajador en caso de despido, para realizar un curso de formación o en el momento de la jubilación, en caso de no haberse agotado antes, ha sido incluido a petición del Ministerio de Economía de Nadia Calviño en el catálogo de materias susceptibles de encajarse en la ‘agenda del Cambio’ que pretende ser la ‘hoja de ruta’ del Gobierno de Pedro Sánchez para los próximos años.
Esta medida cuenta sobre todo con la oposición apenas disimulada del Ministerio de Trabajo de Magdalena Valerio, un departamento clave para el eventual desarrollo de la medida ya que es la correa de transmisión del Gobierno con los agentes sociales.
La secretaria de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas, ya enarboló el pasado martes en sede parlamentaria el rechazo de los agentes sociales como una de las «múltiples objeciones» que el Ministerio de Trabajo ha observado a la iniciativa. Precisó que los sindicatos lo ven como un abaratamiento del despido y que las organizaciones empresariales no están dispuestas a asumir el coste extra que generaría la implantación de la medida
En el ánimo del Ministerio de Economía pesa más la evidencia académica disponible que apunta a que la implantación de un sistema de indemnización por despido mixto reduciría entre seis y once puntos la actual tasa de temporalidad de la economía española e impulsaría la productividad de la economía.
¡Veremos en lo que acaba este nuevo enfrentamiento interno!
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Buenos dias,
me quiero jubilar voluntariamente a los 63 años tengo cotizados 43 años los ultimos 4 años estoy cotizando por la maxima.
Me han comentado que en el caso de que supere la cotizacion maxima nunca la
cobraria y que me restarian un 0.50 por cada trimestre es decir un 2% por año
es correcto!!
entiendo que ya no me descontarian el coeficiente reductor que en este caso seria del 7% anualX 2 = 14 %.
Espero su respuesta.
Un saludo
En el art. 210.3 de la LGSS se indica: «Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización. Una vez aplicados los referidos coeficientes reductores, el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50 por ciento por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.»
En definitiva, en la legislación nueva, la pensión máxima de jubilación sólo se puede obtener si se produce a partir de la edad ordinaria, no si se produce con anticipación de dicha edad, salvo que se trate de jubilación mutualista o excepcionales por penosidad o discapacidad