El 14 de diciembre de 2018, se publicó un Real Decreto por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local.
La aplicación del RD genera abundantes dudas, por lo que en esta se permite realizar dicho cálculo de una forma sencilla.
Fuente: UGT Informa


Buenos dias,
os comento mis calculos por si son acertados, cada compañero los interpreta de una forma.
Nací el 24 de abril de 1962, ingrese en la policía local el 1 de octubre de 1987, o se a día de hoy tengo cotizados 35 años y 2 meses como policía local y 3 meses mas de paro. O sea total cotizados 35 años y 5 meses.
De la mili tengo un certificado de 8 meses de exceso que me sirven para la jubilación. o sea a día de hoy tendría 36 años y 1 mes cotizados.
En el 2022 cumplí 60 años pero como no llego a los 37 y medio mi jubilación sería el 2023 con 66 años y 2 meses. Menos los 5 años de reducción a los 61 años y 2 meses. Es correcto?
Hace unos meses me dirigí a la seguridad social y me dijeron que como me jubilaba en el 2023, no eran 66 y 2 meses sino 66 y 4 meses..
Es correcto? Tengo compañeros que me dicen que gente de mi promoción con mis mismos años cotizados ya están jubilados, es eso posible?
Repasa los requisitos exigidos en el RD1499/218.
Art. 2.2: La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el apartado anterior en ningún caso dará ocasión a que la persona interesada pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en 5 años a su edad ordinaria de jubilación, o en 6 años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el artículo 1.
Disposición transitoria primera. Aplicación paulatina de los años de cotización efectiva como policía local para anticipar la edad de jubilación hasta 6 años respecto de la edad ordinaria.
Los años de cotización efectiva como policía local a que se refiere el artículo 2.2 para poder anticipar la edad de jubilación en 6 años con respecto a la edad ordinaria que corresponda serán exigidos de manera progresiva, de acuerdo con lo establecido a continuación:
35 años y 6 meses de cotización efectiva como policía local si el hecho causante de la pensión de jubilación se produce en 2019; 36 años de cotización efectiva como policía local si el hecho causante se produce en 2020, 2021 o 2022; 36 años y seis meses de cotización efectiva como policía local si el hecho causante se produce en 2023, 2024, 2025 o 2026 y 37 años de cotización efectiva como policía local si el hecho causante es en 2027 o en años posteriores
Por otra parte la edad legal ordinaria de jubilación habiendo nacido después de enero de 1962 sobre la que se anriciparia la jubilación bonificada en la edad, depende de los años cotizados, ver: HE NACIDO DESPUES DE ENERO 1962 ¿CUÁNDO ME PUEDO JUBILAR? https://laboralpensiones.com/he-nacido-despues-de-enero-1962-cuando-me-puedo-jubilar/
Soy policía local y he estado 4 años en servicios especiales como personal eventual directivo para una administración local.
Los servicios especiales mantienen los derechos del puesto origen en la administración, pero para la jubilación la ley habla de “servicio efectivo” como policía local.
¿Me cuentan estos años?
Se que en el caso de estar en servicios especiales por labor sindical si se cuentan.
Saludos y gracias
Te interesará este artículos y los enlaces que en él se facilitan:Tabla para el cálculo de la Jubilación bonificada en la edad de los Policías Municipales.
https://laboralpensiones.com/tabla-para-el-calculo-de-la-jubilacion-bonificada-en-la-edad-de-los-policias-municipales/
hola:
tengo actualmente 30 años cotizados como policía local. Y 4 años con 10 meses en otro oficio.
mi edad de jubilación es a los 65 años.
A que edad me puedo jubilar.
Gracias.
¿Por qué dices que tu edad de jubilación es los 65 años?
Los pasos, como se indica en el artículo, son:
1.- Entra en la fila de la tabla que corresponde al año concreto en el que cumples los 65 años.
2.- En función de tus cotizaciones totales (2ª columna) elige la edad de jubilación (3ª columna). NOTA: Con 34 años y 10 meses cotizados esa edad NO será los 65 años
3.- Entra en la columna de los años cotizados como policía local. Con 30 años (entre 25 y 34 años) como policia local la resta es de 5 años
4.- A la edad que sale de la columna 3ª le restas 5 años, y esa será tu edad de jubilación.