Gobierno y agentes sociales dieron ayer un nuevo impulso a la mesa del diálogo social, una de las cinco abiertas para actualizar las condiciones del mercado laboral. Los equipos técnicos del Ministerio de Trabajo, CEOE, Cepyme, CC OO y UGT pusieron sobre la mesa de trabajo cinco puntos en el orden del día, aunque sólo abordaron tres. El principal fue la extensión de las ayudas a los parados de larga duración de más de 52 años, en lugar de los 55 actuales, que tendrá que esperar al próximo día 29 (fecha de la próxima reunión) por las objeciones planteadas por los empresarios. Las patronales pidieron ayer al Ministerio, que según las fuentes consultadas por este periódico, tenía mucha prisa en aprobar el asunto, que, además del subsidio, se les dé a los beneficiarios formación con el fin de reinsertarlos en el mercado laboral y no condenarlos a cobrar un subsidio durante 13 años o que el subsidio pueda ser compatible con algún tipo de actividad laboral

Subsidio + 52 años. 114.000 personas más podrán beneficiarse
Noticia:
- 4 Comentarios. ¡Únete al debate!
Te puede interesar ...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Telegram
Email

LA «GASOLINA» DE SÁNCHEZ: EL CONSUMO PÚBLICO SUBE CASI EL DOBLE QUE EL PRIVADO
marzo 14, 2025
7:13 PM

La temporalidad aún destruye más de un millón de empleos al mes
marzo 14, 2025
1:37 PM


Cómo evitar fraudes relacionados con la Seguridad Social
marzo 13, 2025
6:27 PM
Hola .me despidieron el 15 de mayo de 2010 .cobre 16 meses de para .y desde el 07/11/2011 estoy cobrando el subsidio de mayor de 52 años.me lo dieron hasta el 27/11/2023/ en total contando los años que llevo en el subsidio 33 años y 4 meses. Me podría jubilar en 2019 que cumplo los 61.mi fecha de nacimiento es el el 27/11/1958..mi despido fue por el artículo 52.c . Podría jubilar a los 61 años ? Muchas gracias.
Tu Carrera Laboral Completa (CLC) son los 37 años y 9 meses, lo que te permitiría que tu Edad Legal Ordinaria (ELO) de jubilación fuese los 65 años. Si no tuvieses esa CLC a los 65 años tu edad de jubilación sería los 66 años y 8 meses.
PERO si puedes acceder a la Jubilación Anticipada Involuntaria (JAI) por cumplir los requisitos para ello, gracias a las cotizaciones ficticias «a la sombra» se te «regalan» 4 años de cotizaciones para el cumplimiento de la CLC.
Como en diciembre de 2019 (cuando cumplas 61 años) tendrás cotizados 34,5 años «reales» si les sumamos los 4 años de cotizaciones «a la sombra» tendrás en total 38,5 años cotizados (reales + ficticios) que superan los 37,75 de tu CLC. Por ello tu ELO será los 65 años y, en consecuencia, podrás acceder a la JAI a los 61 años.
Te aconsejo que te leas lo expuesto cuidadosamente y «con cariño» pues en un principio no es fácil de entender ya que las normas son demasiado enrevesadas. Quizás te aclare tu caso: https://laboralpensiones.com/he-nacido-entre-julio-1958-y-abril-1959-cuando-me-puedo-jubilar/
Te
Gané a la SS mi incapacidad permanente absoluta. El juez me dijo que denunciará a la Junta de Extremadura por quitarme la pensión de Incapacidad permanente absoluta desde Málaga. Cobró 630 euros. Y no tengo nada bueno desde mi operación de epilepsia. Ya que el esqueleto y extremidades se van deformando día a día. Como me pagan tan poco?
El importe de las pensiones de Incapacidad Permanente Absoluta (y de todas las pensiones contributivas) está en función de lo cotizado con anterioridad. Aquí se intenta explicar: https://laboralpensiones.com/calculo-pension-incapacidad-permanente/