Sentencia del TS que rectifica: no es obligatorio que la empresa instale un comedor para sus empleados

En el momento actual no existe ninguna norma en vigor, de carácter legal o convencional, de la que pudiere desprenderse que el empresario esté obligado a instalar un comedor de empresa en un centro de trabajo con las características del que resulta afectado en este conflicto colectivo (311 trabajadores con tiempo de comida de 1 a 2 horas).

Es una materia que, debido a la ausencia de normas, es terreno hábil y adecuado para la negociación colectiva, en cuyo campo deberían acordarse las medidas oportunas que satisfagan los intereses de las partes. Sala General. Interesante Voto particular.

Enlace a la sentencia de 13 diciembre 2018

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