Deliveroo irá a juicio este viernes tras una demanda presentada por la Tesorería General de la Seguridad Social por el presunto empleo de falsos autónomos. El juicio fue suspendido el pasado mes de diciembre hasta el 31 de mayo a la espera de la presentación del expediente administrativo por parte de la Administración.
La vista está prevista para el viernes en el juzgado de lo Social número 19 de Madrid después de que la Inspección de Trabajo abriera un expediente a la empresa de reparto de comida a domicilio al considerar que mantenía una relación laboral con 531 trabajadores, lo que contradice la tesis de esta compañía que defiende que son autónomos y que podían estar trabajando para distintas empresas.
El despacho de abogados Colectivo Ronda, especializado en el ámbito laboral, presentó en su día las denuncias que llevaron a Inspección del Trabajo a condenar el modelo de relaciones laborales de Deliveroo, tanto en Valencia, como en Barcelona y Madrid. “Deliveroo es una empresa de reparto que no tiene contratados repartidores, lo que es una prueba evidente del fraude”, según Esther Comas, abogada de Colectivo Ronda.
Deliveroo podría verse obligada así a pagar 1,2 millones en cotizaciones en Madrid
Comas ha apuntado, en este sentido, que a raíz de la inspección de Trabajo, la Seguridad Social ya ha dado de alta a estos falsos autónomos con un contrato a tiempo parcial de carácter indefinido. Deliveroo podría verse obligada así a pagar 1,2 millones en cotizaciones en Madrid, a los que hay que sumar 1,3 millones más en Barcelona. Son en total 2,5 millones y solo en estas dos ciudades.
De acuerdo con la legislación laboral, estamos ante un falso autónomo cuando éste se encuentra de forma evidente bajo el ámbito de dirección y organización de una empresa y, por tanto, sin que el autónomo opere de forma libre de todo vínculo de sometimiento a otra persona, como no sean las obligaciones establecidas en un contrato civil constituido entre partes que operan de forma totalmente independiente, sin jerarquías entre ellos.
Tres sentencias en contra
Junto a la obligación de asumir y respetar las directrices que marca la empresa situándose, por tanto, dentro del ámbito de organización, también define a un falso autónomo que es la empresa la que fija la retribución a percibir, que realice idénticas o similares funciones al personal laboral contratado y que esté obligado a utilizar determinados elementos de identidad como uniformes, que el abono se haga periódico y que exista una jornada laboral. Todos estos elementos se dan en las relaciones entre los riders de Glovo y Deliveroo, tal y como ha apuntando en varias ocasiones las distintas inspecciones de trabajo. La abogada de Colectivo Ronda considera que “la evolución con los uniformes de Deliveroo y de las consignas de presentación de los repartidores que habido quitando son una muestra clara de que trata de esconder el fraude”.
Hasta la fecha, tres sentencias se han pronunciado en el sentido de considerar falsos autónomos a los repartidores, en juzgados de lo social en Valencia, Madrid y Gijón, mientras que otras tres han sostenido la tesis de que los riders son auténticos autónomos, en Madrid y Oviedo.
“La empresa nos presionaba para trabajar en picos de demanda que son los viernes, sábados y domingos a la hora comer y cenar. Si no se aceptaban esos horarios, si no se seguían esas consignas la empresa te penalizaba y a la semana siguiente te desasignaba horas y en vez de las 20 horas que como Máximo ofertan solo nos dejaba trabajar 10 horas”, asegura Óscar Hernández, exrider de Deliveroo.
Según dice, “nos presionaba via mail y telegram, cuando no se cumplían las franjas o los tiempos de pedido”. El exrider insiste, en esta misma línea, que los riders “están controlados por un programa informático y un GPS que le dice a la empresa donde están en todo momento”.