Indignación empresarial y de UGT con Trabajo por la guía de actuación ante el coronavirus

Noticia:

La publicación por parte del Ministerio de Trabajo de una guía de actuación en el ámbito laboral por el coronavius ha levantado la indignación de los dirigentes empresariales de CEOE y Cepyme. En un comunicado han considerado que Trabajo “comete un grave error al dar difusión a una guía de actuación en el ámbito laboral en relación con el coronavirus que genera alerta y confusión al no corresponder con la valoración del riesgo realizada por el Ministerio de Sanidad”.

Además, desde las patronales añaden su malestar porque el departamento que dirige Yolanda Díaz “no ha contado con la participación de las empresas y los sindicatos, a pesar de que ya se lo habíamos solicitado previamente, contribuyendo con ello a una mayor incertidumbre”. Así, también el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha criticado hoy que la publicación de dicha guía “haya sido una decisión unilateral del Ministerio de Trabajo” y ha lamentado igualmente que no se haya consultado a los agentes sociales.

Desde CEOE aseguran que los empresarios ya trabajan desde hace semanas en la prevención y contención del riesgo de contagio “de la mano del Ministerio de Sanidad y en perfecta coordinación con el resto de los interlocutores sociales y otros agentes necesarios a lo largo del territorio nacional”.

Por ello, consideran que la irrupción de Trabajo en esta cuestión con la publicación de este protocolo,  “responde al ritmo político” y reprochan que “el ministerio desoye a los interlocutores sociales y deja al margen la necesaria protección de las empresas en un momento trascendente, publicando un documento durante la tarde sin ni siquiera habérselo comunicado previamente a las organizaciones que conforman el diálogo social”.

Así, continúan “el documento del Ministerio de Trabajo no aporta ninguna novedad para garantizar la salud de las personas trabajadoras ni para minimizar el impacto en la actividad económica”, ya que se limita a la transcripción de normas y procedimientos poco adecuados para hipotéticas situaciones de urgencia por razones de riesgo de salud pública, explican desde las patronales. Y creen que tampoco responde a las caídas repentinas de actividad o falta de suministros, por lo que exigen al Gobierno medidas urgentes y excecpionales, coordinadas con todos los ministerios competentes, para proteger a las empresas.

El presidente de la asociación de autónomos ATA y vicepresidente de CEOE, Lorenzo Amor, ha arremetido también contra la publicación de Trabajo, considerando que el Gobierno debería “socializar” el problema y, dado que en protocolo del Ministerio se remite a la Ley de Prevención de Riesgos Laboralesa,  las bajas laborales generadas por esta crisis deberían tratarse como bajas por  enfermedad profesional, que se pagan desde el primer día por la Seguridad Social. Sin embargo, hasta ahora Trabajo ha dicho que se considerarán bajas por enfermedad común, que se abonan por parte de la empresa entre los días 4 y 15 de ausencia del trabajador.

ENLACE A LA GUIA LABORAL SOBRE EL CORONAVIRUS

Estos son sus principales puntos:

1. Paralización de empresas

La guía de Trabajo contempla que en caso de un «riesgo grave e inminente» de contagio en el lugar de trabajo, las empresas deberán informar «lo antes posible» y adoptar medidas, o dar las instrucciones pertinentes, bien para abandonar la oficina o bien para la interrupción inmediata. Esto incluye también la posibilidad de paralizar la actividad de la empresa o habilitar una alternativa en forma de teletrabajo. Esta paralización la podrían adoptar, «por decisión mayoritaria», los delegados de prevención si el riesgo es «grave e inminente».

2. Teletrabajo

Sobre esta opción, la guía asegura que se podrá adoptar el teletrabajo -si no está fijado por contrato o convenio- con carácter «temporal y extraordinario» y siempre que no suponga una merma de los derechos del trabajador en materia de salud, seguridad y laboral (salario, jornada, descansos….). Además, los medios tecnológicos que sean necesarios no deberán de suponer ningún coste para el empleado.

3. Medidas preventivas

Sobre esta opción el documento enfatiza el «deber de protección de la empresa», que tiene que garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores, y enumera las medidas que se pueden tomar: reducir el número de personas expuestas, diseñar medidas específicas para el personal más vulnerable o proporcionar información sobre higiene (lavarse las manos con frecuencia, limpieza de superficies u objetos y la ventilación del lugar de trabajo, por ejemplo).

4. Expedientes de Regulación de Empleo

La guía también contempla la suspensión total o parcial de la actividad de la empresa, a través de un expediente de regulación de empleo, bien temporal o por fuerza mayor. El primero, se justifica en que el coronavirus afecte a proveedores o bien por un descenso de la demanda. El segundo se fijaría por la inasistencia de un número importante de trabajadores, por medidas de aislamiento debido al coronavirus o una decisión de Sanidad.

Si no hubiera comunicación alguna de un expediente de regulación y la empresa cesara en su actividad, los empleados conservarían el derecho a su salario.

5. Declaración de Emergencia

Si Protección Civil declara la emergencia en una zona afectada por el coronavirus en línea con lo sucedido en Italia, obligaría a detener la actividad empresarial. En este caso, el empresario podría quedar exento de abonar las cuotas de la Seguridad Social de sus trabajadores mientras se mantenga esta suspensión. Si esto da lugar a despidos, las indemnizaciones serán abonadas por el Fogasa.

Por otra parte, e independientemente, el Ministerio de Seguridad Social se ha publicado una nota informativa (criterio de referencia 2/2020), en el que se analiza la situación de aquellos trabajadores que por indicación de las autoridades sanitarias se vieran obligados al aislamiento preventivo (cuarentena) tras su contacto con una persona infectada por el coronavirus (SARS-CoV-2) y  el riesgo de que pudieran estar afectados por dicha enfermedad.

Criterio 2/2020 seguridad social sobre aislamiento coronavirus y baja por IT

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1 comentario en «Indignación empresarial y de UGT con Trabajo por la guía de actuación ante el coronavirus»

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