Escrivá trabaja para acelerar la laboralización de los repartidores y reclamar los más de 30 millones de pagos sin abonar.

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La pugna de la Seguridad Social y las plataformas digitales de comida a domicilio ya suma años entre trámites administrativos y sentencias judiciales. Y la deuda de algunas de ellas en cuotas impagadas no deja de agrandarse. Para evitarlo, la Tesorería General busca reclamar ya el pago millonario de las regularizaciones de ‘riders’ de Glovo en casi una veintena de provincias españolas. Lo quiere hacer evitando dilaciones en los tribunales. Mientras, la compañía defiende que debe mediar sentencia firme para que ellos lo abonen. La sentencia firme en el Tribunal Supremo, en la que la Sala de lo Contencioso fija un criterio claro sobre la relación laboral de los repartidores de la compañía con ésta, es el argumento que esgrimen desde el organismo público. Entre todas ellas, la compañía española, que se ha negado a provisionar nada por este concepto en sus cuentas, debe más de 30 millones de euros.

Desde que a finales de 2017 y principios de 2018 arrancaran las primeras denuncias ante la Inspección de Trabajo, las actas de liquidación por la supuestamente inadecuada consideración jurídica de la relación laboral de los repartidores se han ido sucediendo en todas las plataformas, también en Glovo. La política seguida en estos casos por la Seguridad Social ha sido empezar a girar la cuota correspondiente a los trabajadores por cuenta ajena a todos los repartidores de las unidades investigadas por la Inspección desde el mismo momento en que un acto administrativo, en este caso un acta del organismo, haya decretado que la calificación jurídica de la relación laboral del trabajador con la empresa es por cuenta ajena y no meramente mercantil como en principio sostiene la compañía. Hasta la fecha, estas regularizaciones ya se han ejecutado en 16 provincias y en las próximas semanas se sustanciará en otras tres.

Hasta la fecha, la estrategia de la empresa -y también de otras rivales como Deliveroo- ha sido recurrir las actas sancionadoras levantadas por la Inspección por el incorrecto encuadramiento laboral de los repartidores e impugnar también el pago de las cuotas giradas desde la Tesorería de Seguridad Social a la empresa dando por sentada la consideración de los ‘riders’ afectados como trabajadores por cuenta ajena, al entender que no existe esa relación laboral en su modelo. De este modo ha empujado a la Seguridad Social a iniciar un procedimiento de oficio ante los juzgados de lo social. Esto es lo que ha causado el aluvión de casos en los tribunales de justicia en los dos últimos años. Un aluvión que ha ido acumulando casos aún abiertos y cuotas pendientes de liquidar. Según confirman fuentes sindicales, la mayoría de esas sentencias de tribunales superiores de justicia no han sido recurridas por la propia empresa -al menos cuatro en Madrid y una en Cataluña- por lo que son firmes.

Ante la expectativa de un tremendo embrollo judicial que dilate la ‘laboralización’ de los riders y el pago de las cuotas pendientes por parte de las plataformas, el Ministerio de Seguridad Social ha decidido pasar a la acción y ha activado a sus servicios jurídicos en busca de una estrategia que permita desactivar esas eventuales maniobras dilatorias en los juzgados, según informan fuentes conocedoras de estas actuaciones. La ofensiva jurídica que ultima la Seguridad Social se sostiene, principalmente, sobre dos argumentos: la célebre sentencia de 25 de septiembre de 2020 de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo que declaró como de “naturaleza laboral” la relación jurídica entre los ‘riders’ y la empresa Glovo, y el precedente de las actuaciones realizadas contra las cooperativas cárnicas, que permitieron regularizar por la vía rápida la situación de miles de trabajadores a los que se hacía pasar por falsos cooperativistas.

Una maraña administrativa

El asunto es espinoso porque superpone tres procedimientos administrativos. Por una parte está el ejecutado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a partir de la consideración jurídica de la relación laboral entre Glovo y sus prestadores de servicios como de trabajo por cuenta ajena, lo que ha dado lugar a las consabidas actas sancionadoras a las plataformas. Por otro, está la actuación de oficio de la Tesorería General de Seguridad Social para dar de alta como trabajadores por cuenta ajena a los ‘riders’ concernidos por las actuaciones de la Inspección en un determinado centro de trabajo. Por último, está el procedimiento de liquidación a la empresa abierto por la Seguridad Social contra las deudas generadas por haber tratado como autónomos a trabajadores por cuenta ajena, lo que da derecho a los ‘riders’ a recuperar las cuotas de autónomo abonadas durante el plazo que estipula la ley y obliga a empresa y trabajadores a resarcir a la Seguridad Social por las cuotas por cuenta ajena no abonadas en ese mismo periodo. 

La complejidad del procedimiento administrativo multiplica las posibilidades de la empresa para dilatar la resolución del proceso y, sobre todo, el pago de las deudas pendientes. De hecho, la actuación de oficio de la Seguridad Social para dar de alta como trabajadores por cuenta ajena a los ‘riders’ tiene como consecuencia la paralización del procedimiento sancionador de la Inspección en tanto no haya una resolución judicial firme al respecto, según aclaran fuentes jurídicas.

A esa complejidad jurídica para la administración, que desemboca en un retraso en el cobro de las cuotas por la Seguridad Social y de las sanciones por la Inspección, hay que sumar las consecuencias para los ‘riders’ de todos estos procedimientos de oficio. Una de las más significativas es la que tiene que ver con las altas automáticas como trabajadores por cuenta ajena. Éstas, que incluso se han dado en repartidores que ya no están en la compañía, generan un problema para aquellos que deciden salir de las filas. Se ha detectado por el sindicato UGT la existencia de decenas de casos de repartidores que no han comunicado formalmente el cambio de empresa a la Inspección de Trabajo y han sufrido retrasos de varias semanas en el cobro de indemnizaciones o de la prestación en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

¿Qué supondría para Glovo este pago? Para la empresa, que siempre ha defendido que estos pagos de cuotas no deben ser abordados mientras no haya una sentencia firme, podría ser un roto considerable en sus números. Según las cifras manejadas por los sindicatos, las cuotas pendientes y los intereses de demora acumulados en este tiempo superan los 30 millones de euros. La compañía española se ha negado a provisionar en sus cuentas ninguna cantidad para abordar estos pagos. Al menos, así lo ha hecho hasta 2019, pues las cuentas de ese ejercicio completas aún no han sido aún presentadas en el Registro Mercantil. Los asesores legales no pueden estimar si estos procedimientos concluirán a favor o en contra “y consideran como posible el riesgo para la sociedad dada la ausencia de regulación legal y jurisprudencial”. Hay que tener en cuenta que la compañía rozó los 190 millones de euros de pérdidas con más de 200 millones de euros de ventas en el año 2019, tal y como desveló su máximo accionista, Delivery Hero.

Deliveroo y la regulación, pendientes

Mientras la pugna con la Seguridad Social se aclara, Glovo, al igual que el resto de plataformas como Deliveroo o UberEats, siguen teniendo como única esperanza una regulación más favorable que le permita mantener su estructura sin tener que dar de alta como trabajadores por cuenta ajena a los repartidores. Los primeros movimientos que ha hecho el Ministerio de Trabajo echan por tierra esa idea, pues, como adelantó La Información, el primer borrador contempla un modelo basado en la relación laboral entre las compañías y los ‘riders’ que dispararía todos sus costes.

La regulación está en marcha y también lo está el otro caso que puede marcar un nuevo hito en esta particular ‘carrera’: la sentencia de los 532 repartidores de Deliveroo que tendrá que emitir en las próximas semanas el Tribunal Supremo. Al contrario de lo que ha hecho Glovo, Deliveroo ha pedido la suspensión de todos los procedimientos judiciales a la espera de este pronunciamiento. Y, dado el posicionamiento tan claro del Alto Tribunal en septiembre, todo apunta a que mantendrá el criterio.

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