El Tribunal Supremo valida la denuncia anónima como origen de una investigación interna en una empresa para destapar un fraude. En una sentencia que se ha hecho pública este miércoles, la Sala Penal destaca la importancia de este tipo de denuncia, sobre todo en las empresas en las que no hay un programa de cumplimiento normativo interno, para destapar prácticas ilícitas y delictivas que se pueden estar llevando a cabo. El tribunal recuerda que el «canal de denuncias interno», también denominado «whistleblowing», ha sido incluido en la reciente directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, que protege a las personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión.
En su sentencia, el Tribunal Supremo desestima los recursos interpuestos contra la sentencia dictada por la Audiencia de Zaragoza que condenó por un delito de estafa a cinco de los acusados a dos años de prisión y a nueve meses de prisión a un sexto como cómplice.
Los hechos probados recogen que tres trabajadores de una empresa del sector de fabricación de hierro y acero, dedicada a la adquisición de material de chatarra y su transformación en acero, se pusieron de acuerdo con proveedores para recibir cargas de chatarra mezclada con estériles (materiales de desecho no reciclables en hierro ni acero) en un porcentaje muy superior al habitual en el sector de chatarrería.
De esta manera, los trabajadores, encargados de clasificar la chatarra por categorías y de establecer el porcentaje de descuento por estériles mezclados con la chatarra útil para la transformación en acero, cuando llegaba la carga de chatarra a la empresa transformadora efectuaban un descuento por estériles muy inferior a la cantidad que realmente estaba mezclada con la chatarra útil, de manera que su propia empresa pagaba por chatarra convertible estériles inservibles para la transformación. Ello ocasionó un fraude tasado en la responsabilidad civil de 456.340 euros, en el caso de un grupo de condenados, y otra de 340.650 euros, en otro grupo.
La Sala destaca que el origen de la investigación surge de una denuncia anónima recibida en el departamento de recursos humanos de la empresa que advertía de que se estaban realizando maniobras fraudulentas en las entregas y clasificación de la chatarra, lo que dio pie a una investigación interna que acabó en el descubrimiento de los hechos.
Protección ante represalias
El Tribunal Supremo valida así el uso de las «denuncias anónimas» siempre y cuando sean corroboradas después con la posterior investigación interna en la empresa y policial. Recuerdan los magistrados que los informantes o denunciantes son «el cauce más importante» para descubrir delitos de fraude cometidos en el seno de organizaciones. Y constatan que la la principal razón por la que personas que tienen conocimiento de prácticas delictivas en su empresa o entidad pública no proceden a denunciar es porque no se sienten suficientemente protegidos contra posibles represalias provenientes del ente cuyas infracciones denuncia.
En definitiva, añade la sentencia, se busca reforzar la protección del «whistleblower» y el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión e información reconocida en el artículo 10 del Convenido Europeo de Derechos Humanos y 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, y con ello incrementar su actuación en el descubrimiento de prácticas ilícitas o delictivas, como en este caso se llevó a cabo y propició la debida investigación policial y descubrimiento de los hechos. Debe destacarse, en consecuencia, que la implantación de este canal de denuncias, forma parte integrante de las necesidades a las que antes hemos hecho referencia del programa de cumplimiento normativo, ya que con el canal de denuncias quien pretenda, o planee, llevar a cabo irregularidades conocerá que desde su entorno más directo puede producirse una denuncia anónima que determinará la apertura de una investigación que cercene de inmediato la misma.