El régimen de reparto, en el punto de mira del Pacto de Toledo

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El Pacto de Toledo, desde su creación a propuesta de CiU, señaló al régimen de reparto de nuestra Seguridad Social como el obstáculo para aplicar las reformas que, según sus intereses de clase, era necesario abordar.

Y en gran medida esa ha sido la constante del Pacto de Toledo desde su creación: debilitar el régimen de reparto ya que no pueden eliminarlo.

Como es conocido, la financiación en el régimen de reparto de las prestaciones del sistema de Seguridad Social (principalmente las pensiones de jubilación) se realiza por cotizaciones sociales, una parte del salario. Así, su defensa, junto al resto de derechos sociales, se apoya en el movimiento obrero y sus organizaciones.

La financiación del régimen de reparto se basa en la solidaridad intergeneracional de los trabajadores afiliados a la seguridad social. Los trabajadores activos con sus cotizaciones financian las prestaciones de los trabajadores jubilados y al mismo tiempo generan, para cuando se jubilen, el derecho a su pensión contributiva. El sistema de reparto se basa en la solidaridad de la clase obrera que se organiza en la defensa del salario, en todos sus componentes, también en la defensa del salario diferido.

Las prestaciones asistenciales o no contributivas son diferentes, en ellas a los ciudadanos que, por diversas circunstancias, no tienen recursos económicos suficientes para una vida digna, el Estado debe suministrarles recursos asistenciales. Estas pensiones se basan en la solidaridad ciudadana, mediante la cual, los ciudadanos con sus impuestos financian la ayuda a los ciudadanos en condiciones de necesidad y sin unos recursos mínimos preestablecidos, sea el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), el salario mínimo interprofesional o el 60% del salario medio nacional (SMN), según recomienda la Carta Social Europea.

La confusión entre pensiones contributivas y asistenciales ha interesado al capital financiero y a los que idearon el Pacto de Toledo para cuestionar los derechos derivados del régimen del reparto. Se trata de recursos, cotizaciones o impuestos, de naturaleza diferente, así como prestaciones de diferente alcance y requisitos.

La separación de fuentes de financiación

La adscripción presupuestaria de los gastos de las prestaciones viene predeterminada, no es opcional: a los Presupuestos de la Seguridad Social, los ingresos por cotizaciones y los gastos en pensiones contributivas; y al Presupuesto del Estado, los ingresos por impuestos y el gasto de las prestaciones asistenciales o no contributivas.

El problema ha surgido cuando las prestaciones asistenciales son gestionadas por las instituciones de Seguridad Social y el gobierno de turno no asume el gasto y éste tiene que soportarlo la Seguridad Social. Es lo que llamamos saqueo a las cotizaciones, por el incumplimiento de la separación de fuentes de financiación de unas y otras prestaciones.

Este proceder está organizado para obtener un resultado: traspasar déficits del Estado a la Seguridad Social. Así resulta la Seguridad Social falsamente en quiebra y, se dice interesadamente, por tanto necesitada de fuertes reformas y cambios. Siempre apuntan a lo mismo: debilitar el salario diferido.

Este cuadro de la situación es favorablemente aprovechado tanto por el capital financiero, interesado por meter su cuña privatizadora en las cotizaciones, como por el empresariado, buscando la reducción del salario vía reducción de las cotizaciones.

Esta realidad se va haciendo evidente gracias a la tenacidad del movimiento de pensionistas y a su despliegue exigiendo la auditoría a las cuentas de la Seguridad Social. Es necesario que las instituciones responsables acepten los hechos, que acepten que el pago con cotizaciones de los gastos ajenos al régimen de reparto impidió que se pusieran de manifiesto los excedentes del sistema. Y, con ello, se impidió la creación de los obligatorios fondos de reserva de pensiones, mejor dicho, Fondo de Reserva en singular. Hay que continuar la lucha para que las instituciones acepten las consecuencias.

Los informes del Banco de España

Sin cuestionar las manipulaciones financieras de los gobiernos para esconder déficits del Estado en las cuentas de la Seguridad Social, el Banco de España, sin inmutarse, explica que el sistema de Seguridad Social ha registrado déficits recurrentes en los últimos años. Ninguna alusión hace al hecho demostrable de que esos déficits de la Seguridad Social están en buena parte causados por la cantidad de gastos a pagar por el Ministerio de Hacienda, que en realidad los paga la Tesorería General de la Seguridad Social.

Se esconde que, para financiar “gastos impropios”, ha habido una utilización recurrente de los excedentes de las cotizaciones que debieron constituir las reservas del sistema. Igualmente, con toda ligereza se habla de déficits sin excluir los importes anuales de gastos del Presupuesto del Estado que se financian con cotizaciones.

Por contra, el Banco de España airea informes de dudosa intencionalidad, con los que busca denunciar una supuesta elevadísima rentabilidad de las cotizaciones sociales, dictaminando que cada pensionista recibe 1,74 euros por cada euro aportado. Ignoran que “la belleza de la Seguridad Social radica en que es poco sólida desde un punto de vista actuarial.” (Samuelson).

El informe de la AIREF

La AIREF parte en sus informes de la inequívoca existencia de un déficit estructural de la Seguridad Social. No entra a analizar que lo que realmente es estructural en la continuada utilización de las cotizaciones para financiar gastos de prestaciones asistenciales que debía haber soportado el Presupuesto del Estado (gestionado por el Ministerio de Hacienda) y que esa es la causa de que las cuentas de la Seguridad Social aparezcan en déficit. Falsos déficits fabricados con manipulaciones contables.

Las soluciones que proponen para ofrecer una Seguridad Social equilibrada entre ingresos y gastos es la reducción del gasto. Así, retrasando la edad efectiva de jubilación, ampliando el periodo de la carrera profesional de cotizaciones, incluso manteniendo el factor de sostenibilidad de Mariano Rajoy, así consiguen rebajar la tasa de reposición al 55,6%, es decir, una pensión que sólo representa ese porcentaje del último salario del pensionista al final de un periodo de análisis de 30 años. Lo que supondría un recorte superior al 30% respecto a la actual tasa de reemplazo del 79%.

Y, conscientes del rechazo que puede provocar sus medidas, la AIREF sugiere una aplicación gradual de ellas y, al mismo tiempo, propone iniciar la búsqueda de otras opciones de sostenibilidad. Abriendo el campo a un sistema de pensiones similar al existente en el Reino Unido, como en seguida explicaremos.

El ministro José Luis Escrivá

El ministerio señala y valora que los gastos indebidos que anualmente son imputados a la Seguridad Social y que, por lo tanto, generan todo o la mayor parte del déficit aparente son los siguientes: parte de partidas no contributivas 11.305 millones; descuento de cuotas 1,808 millones; nacimiento y cuidado de hijos 2.953 millones; complemento maternidad 1.082 millones; regímenes especiales 1.014 millones; lagunas para cálculo de pensión 788 millones. A los que añadir los 1.100 millones de beneficios fiscales mediante las exenciones a los fondos privados de pensiones.

La conclusión que se deduce es que, descontando estos gastos impropios, no se podría hablar actualmente de déficit de la Seguridad Social. Pero no hay prisas en hacer esa distinción, de hecho, según propuestas del Pacto de Toledo, se quiere mantener esa situación al menos por cinco años más.

Previsión social complementaria a la inglesa

Nos enteramos por la prensa de que las autoridades buscan combinar a largo plazo un sistema de reparto raquítico, con tasas de sustitución muy reducidas, lo suficiente para dejar espacio a la implantación de nuevas fórmulas de previsión social complementaria. Como el sistema del Reino Unido.

La estructura del sistema de pensiones del Reino Unido dispone de un primer pilar con el fin de combatir la pobreza a través de un sistema de reparto. El segundo pilar funciona conforme a regímenes financieros de capitalización, y con un importante peso en la pensión de los trabajadores dada la escasa cuantía de las prestaciones del primer pilar público por reparto (Suárez Corujo y otros).

Un sistema de reparto empequeñecido se diseña y es compatible con las recomendaciones del Pacto de Toledo, que así abren un espacio a un sistema complementario de pensiones privadas. Entre las características del sistema complementario de Seguridad Social propuesto en la recomendación 16 desde la anterior legislatura, destacan: la necesidad de impulsar los sistemas sustentados en el marco de la negociación colectiva, financiados con aportaciones que sean un porcentaje de la base de las contingencias comunes, y debiendo cubrir al menos las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento, dotados de un régimen fiscal especial.

El motivo principal que se alega es la conveniencia de fomentar el ahorro entre los asalariados cotizantes a la Seguridad Social, así como favorecer la inversión de esos ahorros “como una herramienta de inversión bajo tutela de los poderes públicos”. Como ejemplo se pone a las Entidades de Previsión Social Voluntario (EPSV) del País Vasco, que patrocina esta cantinela. Pero olvidan decir que ni siquiera el 10% de los fondos de las EPSV están invertidas en Euskal Herria.

Todo un proyecto de previsión social complementaria de carácter privado, en competencia con el sistema público de reparto y buscando canalizar al sector privado, parte del flujo de cotizaciones.

En conclusión…

Con la mirada atenta de la Unión Europea y el capital financiero, una verdadera ofensiva institucional se organiza en España desde las instituciones, partidos y organizaciones políticas, reunidos a puerta cerrada en el Pacto de Toledo, para dinamitar el actual régimen de reparto en que se fundamenta nuestra Seguridad Social.

Cuyo resultado todo apunta a que sea la combinación de un sistema de reparto empequeñecido limitado a aliviar la pobreza, con pérdida del 30% de su tasa de reposición, y un sistema de previsión social complementaria, con el que además se vincule a los sindicatos a prácticas corporativas enfrentadas a los trabajadores: ésta parece ser la conclusión de un cuarto de siglo de vida del Pacto de Toledo, desde su creación en 1995.

Es necesaria la unidad de los jubilados y los trabajadores activos, y las organizaciones, colectivos y agrupamientos, de la clase obrera para reforzar la resistencia y el rechazo a la destrucción del sistema de reparto y la imposición de los fondos privados.

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