El sistema de pensiones en España enfrenta un desafío crucial que pone en entredicho su sostenibilidad a largo plazo. El sistema de pensiones actual opera como un «contrato entre generaciones», donde los trabajadores activos contribuyen al sistema para financiar las jubilaciones de generaciones anteriores. Sin embargo, con la prolongación de la esperanza de vida, este modelo se vuelve insostenible a largo plazo.
Lo cierto es que hay una discrepancia esencial en el sistema de pensiones actual: fue diseñado para una realidad demográfica y laboral que ya no existe. El sistema está estructurado para una esperanza de vida que alcanzaba los 78 años, mientras que en la actualidad, las personas viven hasta los 90. Este desajuste plantea un desafío significativo, ya que las pensiones deben financiarse durante períodos más prolongados.
Las proyecciones demográficas presentan un desafío considerable para el sistema de pensiones en España. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, se espera que en 2070 haya más de 15,5 millones de jubilados y algo más de 25 millones de personas en edad de trabajar. Este desequilibrio demográfico requiere soluciones innovadoras y adaptativas para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones.
Adaptar el sistema de pensiones a la nueva realidad demográfica implica reconsiderar aspectos fundamentales del sistema para hacerlo más sostenible y seguro. Las pensiones no deberían ser iguales para todos, sino que deberían variar en función del tipo de empleo desempeñado a lo largo de la carrera laboral de cada individuo y en lugar de un retiro abrupto se deberían implementar jubilaciones graduales y flexibles de manera que los trabajadores puedan reducir gradualmente sus horas laborales antes de retirarse por completo.
En España no está asentada la cultura de trabajar hasta donde aguanten el cuerpo y la mente, porque entendemos que al cotizar durante años generamos el derecho a jubilarnos con una pensión del Estado, Lo cierto es que el sistema tampoco ayuda, ya que opera una regla general de “incompatibilidad” entre recibir una paga y realizar un trabajo retribuido. Hay excepciones, como la jubilación activa, parcial, flexible o compatible con una actividad como autónomo, pero los expertos constatan que no son atractivas ni para el trabajador ni para la empresa.
Un modelo que permita compatibilizar pensión y trabajo, siempre de forma voluntaria y teniendo en cuenta que no todas las profesiones y oficios lo permiten, podría ser la vía. Hay que tener en cuenta que en los próximos 25 años se van a retirar cerca de 20 millones de trabajadores y que la esperanza de vida seguirá en aumento. La jubilación menguante será un hecho.
Frente a los modelos de sistemas mixtos habituales cabe plantear una alternativa en la que la pensión pública y la pensión ocupacional no se superpongan, sino que se sucedan en el tiempo (jubilación por fases). Este sistema poseería las siguientes características básicas:
1.-El trabajador aporta durante su periodo de actividad laboral tanto cotizaciones a la Seguridad Social como aportaciones a unos PPE de adscripción cuasi obligatoria
2.-El trabajador decide cuándo abandona (total o parcialmente) la actividad laboral dentro de un tramo amplio de edades y comienza a percibir la pensión temporal del sistema de empleo
3.-Posteriormente, a otra edad más elevada se inicia el pago de una pensión vitalicia de la Seguridad Social y justo en ese momento finaliza el pago de la pensión ocupacional temporal que procede de las aportaciones a los PPE.
4.-El trabajador es libre de contratar, a título individual, cualesquiera otras pensiones temporales o vitalicias complementarias a esas dos pensiones a través de planes de pensiones Individuales para obtener en un momento acordado la pensión personal que puede ser complementaria y recibirse superpuestamente tanto a la pensión ocupacional como a la pensión pública.
En definitiva, los sistemas de pensiones necesitan nuevas reformas para adaptarse a la realidad demográfica y a la creciente esperanza de vida, y tendrán en común las siguientes características:
1.- La edad ordinaria de jubilación no será homogénea para todos los trabajadores, pues se tendrá en cuenta como de exigente físicamente y/o mentalmente es la profesión y como afecta a la salud del trabajador.
2.- Será por fases, accediendo en la primera fase a la “pensión ocupacional” y posteriormente a la “pensión pública”
3.- Será gradual y escalonada, en el sentido de que los trabajadores no pasarán de trabajar a jubilarse de un día para otro, sino que habrá una reducción gradual de la jornada laboral hasta la jubilación total. El trabajador podía pasar de una actividad laboral de 40 horas semanales a 30 horas, después a 20, luego a 10 y así hasta su jubilación total. Será una adaptación a la actual jubilación anticipada parcial con, o sin, contrato de relevo. Se comenzará a recibir parte de la pensión pública en función de la parcialidad del trabajo como ya se hace en la jubilación parcial
4.- La edad de jubilación, tanto en la fase 1 como en la fase 2, se podrá elegir libremente, dentro de unos límites, independientemente de la edad legal ordinaria (ELO) jubilación. Si se anticipa la jubilación a esa ELO se minorará la cuantía de la pensión (tanto la ocupacional como la pública en su caso) y si se demora se incrementará la cuantía de la pensión. En realidad. eso ya es de aplicación en los países que tienen implantadas las “cuentas nocionales” en su sistema de pensiones.
5.- Un vez que se pase a ser pensionista por jubilación “total” se permitirá la plena compatibilidad entre la percepción de la pensión y el salario, desapareciendo, o adaptándose, las actuales jubilación activa y la jubilación flexible
Bajo este esquema se reconcilian algunos de los principales problemas actuales de los sistemas de pensiones:
1.-Se recuperan las reglas actuariales de las pensiones públicas y si se ajustan sus parámetros el avance de la esperanza de vida no pondría en riesgo la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Además la suficiencia de las pensiones públicas queda mejor protegida porque el periodo durante el cual intervienen estas pensiones públicas se acorta considerablemente (piénsese en una edad de ser pensionista público de, por ejemplo, los 75 años). Las pensiones ocupacionales, al ser rentas temporales, evitarían tener que hacer frente a un aumento extremo de la longevidad, que es lo que verdaderamente encarece las pensiones públicas vitalicias y aumentan la deuda que origina al sistema público.
2.- Los trabajadores tienen, dentro de cada esquema de pensiones (ocupacional, pública e individual) una mayor posibilidad de adaptar flexiblemente su proceso de jubilación.