¡¡¡ CON LAS PENSIONES NO SE JUEGA !!! EL VERGONZOSO COMPORTAMIENTO DE NUESTROS POLÍTICOS

Qué sale adelante y qué no de los reales decretos “gazpacho” de Sánchez

 

En principio nuestros representantes democráticamente elegidos tienen en común esforzarse para el bienestar de los ciudadanos que los han elegido. Sin embargo el espectáculo que se ha producido el miércoles 10 de enero en el Congreso de los diputados ha sido bochornoso y merece estar en el libro guinness del esperpento español.

Pero hoy miércoles 10 de enero el Gobierno de coalición de PSOE y Sumar se ha enfrentado al primer gran examen a su minoría parlamentaria. El Congreso de los Diputados ha votado en un pleno extraordinario la convalidación de tres reales decretos aprobados por el Ejecutivo a finales de diciembre. Pero Junts y Podemos, socios que votaron la investidura de Pedro Sánchez, han planteado demandas que han puesto en duda la aprobación de multitud de medidas contenidas en estos paquetes legislativos.

Pensionistas, hogares vulnerables, viajeros frecuentes de transporte público, usuarios de la Justicia o los funcionarios de la Administración General del Estado son los principales afectados por estos decretos que, entre otras cosas, movilizan más de 5.000 millones en medidas contra la crisis de inflación.

Además, dos de los reales decretos correspondían a reformas vinculadas a hitos del Plan de Recuperación y su caída afectaría al cumplimiento de los mismos y, por tanto, a la llegada de fondos europeos. Uno de ellos, con reformas para la Justicia y para los trabajadores de la Administración General del Estado, ha salido adelante con un resultado muy ajustado. No así el vinculado a la reforma de los subsidios por desempleo, que ha caído por el voto en contra de Podemos.

Más allá de errores en el cómputo de votos y el descuelgue de los diputados de Podemos en el real decreto de la reforma de los subsidios de desempleo, el Congreso ha sido escenario de un trueque/subasta propio de un mercadillo de baratijas.

 

Junts ha llegado a un acuerdo con el Gobierno en los últimos minutos previos a la votación, de la que finalmente ha decidido ausentarse. Junts ha acabado permitiendo la aprobación de dos decretos leyes claves para el Gobierno a cambio de un buen puñado de concesiones históricas que permitirán a Cataluña desde tener las competencias exclusivas en inmigración a allanar el camino a la concesión de una financiación singular previa publicación de unas balanzas fiscales que permitirán al independentismo cuantificar lo que califica de «deuda histórica». También ha acordado una reforma de la Ley de Sociedades de Capital para revertir el decreto del Gobierno del PP que en 2017 favoreció la marcha de Cataluña de empresas que temían la pérdida de seguridad jurídica tras la celebración del referéndum ilegal del 1-O. Los posconvergentes habían reclamado beneficios fiscales para fomentar el regreso de esas compañías, pero incluso habían ido más allá al pedir sanciones para las que mantienen su actividad productiva en la región pese a haber cambiado su sede social. El blindaje de la amnistía ante el eventual análisis de su legalidad en Europa redondea el pago de Pedro Sánchez.

 

Estos son los tres reales decretos y las principales medidas sociales que incluyen:

 

1) REAL DECRETO DE MEDIDAS ANTICRISIS (RDL 8/2023):

El resultado era incierto ya que un empate a 171 ha obligado a repetir la votación por un error de un diputado de Sumar. En la segunda votación ha salido con 172 votos a favor, aunque será tramitada como proyecto de ley, de manera que los grupos podrán plantear enmiendas. Estas son las medidas que incluye:

 

Subida de las pensiones. Votación agónica: fallo de Sumar, empate y abstnción de Junts

Del decreto anticrisis dependen medidas que impactan directamente al bolsillo de millones de personas. En primer lugar, la subida de las pensiones de 2024 para más de nueve millones de pensionistas, del 3,8% de manera general y que es más elevada (entre el 5 % y el 7%) en el caso de las mínimas y no contributivas. La norma establece también la pensión máxima, el aumento del complemento contra la brecha de género, así como otras medidas relevantes desde el punto de vista de la financiación, como el aumento de la cuota del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), para la hucha de las pensiones, y de lo que cotizan los salarios más altos.

 

Con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2024, la revalorización general de las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las del Régimen de Clases Pasivas del Estado es del 3,8%, en función del Índice de Precios al Consumo de los 12 meses previos a diciembre. El mismo incremento reciben los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones del citado régimen especial.

 

También con efecto del día 1, la cuantía máxima de las pensiones públicas es de 3.175,04 euros mensuales o 44.450,56 euros anuales, conforme a lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, en los artículos 57 y 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 8/23, de 27 de diciembre, y con el alza general del 3,8%, la pensión media de jubilación sube en 734 euros al año o 52 euros al mes, hasta situarse en unos 1.430 euros mensuales.

 

En cuanto a la pensión media del sistema, de 1.200 euros al mes, aumenta en 638 euros al año, lo que suponen 46 euros más al mes. En cuanto a la paga media de viudedad, que ahora ronda 853,7 euros, se incrementa hasta alcanzar los 886 euros al mes (un alza de 32,4 euros en promedio). Más en detalle, la revalorización sitúa la paga mínima por viudedad en 14.466,20 euros anuales, en el caso de que el titular tenga cargas familiares. Si son pensionistas de viudedad con menos de 60 años de edad, ingresarán 8.752 euros al año de nómina mínima.

 

Por su parte, la pensión de jubilación de los autónomos, la más baja de todos los regímenes contributivos de la Seguridad Social, se sitúa en una media de 952,4 euros, lo que significa que pasan a cobrar unos 35,8 euros más al mes.

 

Por lo que se refiere al complemento de pensiones contributivas y de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado para la reducción de brecha de género, dicho plus queda tras la subida en 33,20 euros mensuales, gracias a la aplicación a la cuantía establecida para 2023 del resultado de sumar al referido porcentaje general de revalorización del 3,8% un porcentaje adicional del 5%, de acuerdo con la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, según especifica el Real Decreto.

 

Las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación tendrán un importe anual de 7.250,60 euros, resultado de aplicar sobre el importe extraordinario establecido para estas pensiones en el año 2023 por el artículo 77 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, que se consolida, el porcentaje que corresponde de acuerdo con el artículo 62 y la disposición adicional quincuagésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 

La cuantía mínima que cobrarán los pensionistas contributivos de la Seguridad Social se incrementa el 6,9% en 2024, resultado de aplicarles el 3,8% general y un alza extra en función del tipo de pensión en consideración al umbral de la pobreza.

 

Asimismo, las pensiones mínimas de funcionarios de Clases Pasivas del Estado tendrán el mismo tratamiento, así como las pagas del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) que no sean concurrentes con otras pensiones públicas, así como a las pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social (la cuantía fija se determina anualmente por el legislador).

 

La pensión mínima por viudedad sube a 14.466,20 euros anuales, en el caso de que el titular tenga cargas familiares. Por su parte, las y los beneficiarios con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65% percibirán un mínimo de 11.552,80 euros. Los pensionistas de viudedad con menos de 60 años de edad ingresarán al menos 8.752 euros al año, mientras que quienes cuenten con edades comprendidas entre los 60 y 64 años recibirán una paga mínima de 10.808 euros al año.

 

En cuanto al límite para percibir la pensión mínima, el Real Decreto-ley 8/23, de 27 de diciembre, fija que existe un límite de ingresos para que la Seguridad Social aplique el reconocimiento de cuantías mínimas, que queda así:

– 8.942 euros anuales, para quienes no tengan cónyuge a cargo.

-10.430 euros al año, para beneficiarios con cónyuge a cargo.

Hasta que se aprueben unos nuevos Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas de cotización, de los grupos de cotización de los regímenes que las tengan establecidas, se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto.

 

Las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fijarán aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones, al que se sumará el establecido en la disposición transitoria trigésimo octava del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 

Aumento del Ingreso mínimo vital y gestión autonómica

Junto a las pensiones, se regula también el aumento del 6,9% del ingreso mínimo vital (IMV) para este año. Además, el Ejecutivo permitió con la norma que todas las comunidades autónomas puedan asumir la gestión del ingreso mínimo vital.

 

Salario mínimo y otras medidas laborales

El último decreto del año prorrogó también el actual salario mínimo interprofesional –1.080 euros brutos al mes en 14 pagas–, hasta que se apruebe la subida de 2024 que negocia el Gobierno. Hay más medidas laborales que se prorrogaron gracias al decreto como las ayudas a autónomos, en las cuotas y cese de actividad, por el volcán de la Palma, también los ERTE específicos por esta crisis climática y la llamada “prohibición de despedir” de manera objetiva por la crisis energética o por las consecuencias de la guerra de Ucrania, que se extienden hasta el 30 de junio. También figura la prórroga de las condiciones más ventajosas de la jubilación parcial y el contrato de relevo en la industria manufacturera, que se amplió hasta diciembre de 2025. El decreto desarrolla además algunos incentivos a la contratación de personal investigador y para los casos de sustitución durante el permiso por maternidad

 

Descuento en los transportes

Uno de los ejes de la prórroga del plan anticrisis (incluido en el Real Decreto-Ley del 27 de diciembre) son los descuentos al transporte de los usuarios habituales. Si estos se definieron hace meses como una medida esencial para aliviar el impacto de la inflación de quienes utilizan habitualmente el transporte público, ahora se reconfiguran como un modo para incentivar su uso en detrimento del coche. El decreto mantiene los descuentos como en 2023. Es decir, los usuarios habituales de trenes de Cercanías, Rodalies y Media Distancia tienen que solicitar sus abonos gratuitos, al igual que sucede con los títulos multiviaje de las líneas de autobuses de titularidad estatal. Faltaba por saber con todos los abonos multiviaje que dependen de las comunidades autónomas y de las administraciones locales. Ahí, el Gobierno ha mantenido la dotación económica como ha ocurrido en 2023. Es decir, el Estado va a financiar un 30% de descuento en los abonos y títulos multiviaje siempre que las administraciones regionales y locales descuenten otro 20% con cargo a sus propios presupuestos. El objetivo es que ir en transporte público cueste la mitad respecto a lo que sería su precio normal.

 

Proteger a los más vulnerables de los desahucios

El plan anticrisis lo que hace es prohibir durante todo 2024 los desahucios de todas las personas que están en situación de vulnerabilidad pero no es un proceso automático. Estas deben demostrar que son vulnerables -en base a los ingresos, que determina cada comunidad autónoma- y deben contar con un informe que lo acredite, por parte de los Servicios Sociales, y tiene que estar respaldado por una autoridad judicial. Los propietarios de esos inmuebles, además, pueden pedir una compensación, que podrán solicitar hasta el 31 de enero de 2025, en el órgano competente en Vivienda de cada comunidad autónoma, por lo que han dejado de ingresar. Cabe recordar que la Ley de Vivienda ya contempla que los grandes tenedores -con más de 10 casas- no pueden desahuciar a vulnerables cuando no hay una alternativa habitacional.

 

Ayudas a consumidores vulnerables para la calefacción y la luz

El paquete del 27 de diciembre extiende hasta el 30 de junio de 2024 las tres categorías de consumidores vulnerables perceptores del bono social eléctrico y los descuentos del 40% para hogares trabajadores con bajos ingresos, del 65% para los consumidores vulnerables y del 80% para los consumidores vulnerables severos. También se prorroga el límite al crecimiento de la Tarifa de último Recurso de gas (TUR), limitando la subida trimestral aproximadamente al 5%, así como la existencia de la TUR vecinal específica para las comunidades de vecinos con calefacción central de gas natural y el precio máximo de la bombona de butano de 19,55 euros. En beneficio de todos los consumidores, los cargos del sistema eléctrico se mantendrán durante todo 2024 en el mismo nivel que ahora. Es decir, un 55% por debajo de los niveles previos al estallido de la guerra.

 

Medidas respecto al sector financiero

El último decreto anticrisis incorpora la eliminación de “las comisiones por la retirada de efectivo en ventanilla para personas mayores y con discapacidad” y, asimismo, “las comisiones o compensaciones bancarias por amortización anticipada de créditos a tipo variable”. Además, recoge el aumento de 29.000 euros a 38.000 del umbral de renta a partir del cual las familias pueden adherirse a los mecanismos diseñados para aliviar el encarecimiento de las hipotecas. También se pactó con la banca ampliar durante un año más, durante todo 2024, la gratuidad que se contemplaba para los clientes con hipotecas variables para las amortizaciones anticipadas o el traspaso de créditos a tipos fijos. También a aquellos productos a tipos mixtos, que han ido ganando peso en los últimos meses y que es una novedad respecto al anterior código de buenas prácticas firmado por el sector financiero y el Ejecutivo.

 

Subida de los impuestos de la luz y el gas

El último Real Decreto-Ley del año pasado recoge una subida del IVA de la luz del 5% al 10%, donde se quedaría durante todo 2024. Según el mismo texto, el IVA del gas se eleva del 5% al 10% en el primer trimestre, y después regresaría al 21%. Por su parte, el IEE aumenta al 2,5% en el primer trimestre, luego al 3,8% en el segundo y regresaría al 5,11% original a partir del tercer trimestre. Mientras, los escalones para el impuesto a la producción son del 3,5%, al 5,25% y, por último, 7%, en los mismos periodos.

 

Rebaja del IVA de los alimentos básicos hasta junio

El Real Decreto-Ley mantiene hasta junio la rebaja del IVA del 4% al 0% a alimentos de primera necesidad (como la leche, el pan, los huevos, las legumbres o las verduras) y del 10% al 5% para el aceite y las pastas. Las reducciones del IVA son medidas que no discriminan a sus beneficiarios según lo que ingresan, favoreciendo más a los que más gastan.

 

2) REAL DECRETO ÓMNIBUS (RDL 6/2023).

Este Real Decreto que incluye medidas para la modernización de la Justicia, la mejora de las condiciones laborales de los funcionarios y una reforma de la ley de mecenazgo ha salido adelante por solo un voto de diferencia: 172 votos a 171. Son hitos que se tenían que cumplir antes del 31 de diciembre para alcanzar los compromisos con Bruselas del Plan de Recuperación. Esta reforma incluye aspectos como la creación de un sistema de valoración del desempeño de funcionarios, con un nuevo complemento salarial; la agilización de las ofertas públicas de empleo; la mejora de los procesos de selección o la creación de una nueva retribución que permitiera a los funcionarios ascender salarialmente sin cambiar de puesto de trabajo.

 

3) REFORMA DE LOS SUBSIDIOS DE DESEMPLEO (RDL 7/2023).

Esta norma ha decaído por 167 votos a favor y 176 en contra. El voto negativo de Podemos, que denuncia un recorte en las cotizaciones de los perceptores del subsidio, ha tumbado este Real Decreto. Estas son las cuestiones aprobadas por el Gobierno pero que dejan de estar en vigor:

 

Subsidio de paro (y fondos europeos) 

El tercer decreto, el 7/2023, desarrolla la reforma de la protección asistencial por desempleo. La reforma del subsidio de paro entraba en su mayoría en vigor en junio de 2024, pero era urgente su aprobación inmediata porque es uno de los elementos que determina el cuarto desembolso de los Fondos Europeos de Recuperación por la pandemia por parte de Bruselas. En total, supone 10.000 millones de euros para España. Entre las medidas más destacadas de esta norma figuran: el aumento de la cuantía del subsidio a los 570 euros al mes (desde los 480 euros actuales), la eliminación del mes de espera entre la prestación y el subsidio, la posibilidad de compatibilizar un empleo y cobrar parte del subsidio, así como la protección de nuevos colectivos –menores de 45 años sin cargas familiares y eventuales agrarios– mientras que otros (personas salidas de prisión, RAI, subsidio extraordinario de desempleo) se extinguen y son derivados al ingreso mínimo vital. Otro de sus elementos, por el que Podemos negó su apoyo al decreto, consiste en la reducción progresiva de lo que cotiza el subsidio para mayores de 52 años: del 125% de la base mínima (determinada por el salario mínimo) al 100% de esta en 2028, lo que Podemos denuncia como un “recorte”, mientras que el Gobierno ha justificado la medida por el gran aumento del salario mínimo en los últimos años.

 

Convenios colectivos autonómicos y permiso de lactancia

También incluye otras medidas que ya han entrado en vigor y que quedan anuladas. Una de ellas es la universalización del derecho a acumular el permiso de lactancia en jornadas completas, con el que el Gobierno pretende transponer la Directiva europea de conciliación (sobre la que ya ha tenido un aviso de Bruselas). También la prioridad aplicativa de los convenios colectivos autonómicos sobre los estatales, promesa del PSOE al PNV, siempre que estos resulten más beneficiosos para los trabajadores.

 

Además la letra pequeña del decreto incorpora más medidas que están ya vigentes, como un apartado sobre la representatividad sindical en el sector artístico que también exigía Bruselas, la posibilidad de compatibilizar el subsidio de paro con prácticas formativas y la prórroga al 30 de junio de medidas de protección de trabajadores agrarios ante la sequía (reducción de las peonadas para el subsidio), entre otras.

 

 

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