Primero conviene hacer un repaso sucinto de los sistema de pensiones públicas vigente en el Reino Unido y en España.
El RU tiene un modelo mixto de pensiones en el que conviven pensiones de naturaleza pública y privada. Las pensiones públicas –la pensión pública estatal state pension y la pensión asistencial credit pension– se complementan con pensiones privadas –private pensions schemes–. Estas últimas pueden ser de dos clases: planes de pensiones de empresa –workplace pensions– y planes de pensiones personales –personal pensions–. Por un lado, las empresas están obligadas a suscribir las workplace pensions para los trabajadores a su servicio que cumplan una serie de requisitos (entre otros, percibir unos ingresos anuales superiores a 10.000 libras, tener entre 22 años y la edad legal de jubilación y trabajar en el Reino Unido), mediante la reducción de una parte del salario. Por su parte, los planes de pensiones personales son voluntarios.
En cambio, el sistema público de pensiones español se basa en un modelo de reparto en virtud del cual las personas trabajadoras en activo financian mediante sus cotizaciones las pensiones existentes en ese momento, pensiones que conforman un primer nivel de protección obligatorio y que pueden ser de dos tipos: pensiones contributivas , que requieren previas cotizaciones, o pensiones no contributivas, previstas, entre otros, para los supuestos en los que no se hayan cotizado los períodos mínimos exigidos y tan solo para algunas contingencias. Además, el Sistema de Seguridad Social se completa con un segundo nivel de protección de carácter voluntario, en el que se enmarcan los planes de pensiones privados, cuya finalidad radica en mejorar la protección otorgada por el régimen público.
Como miembro de la UE, el RU formaba parte de un sistema que coordina los derechos relativos a seguridad social de las personas que se desplazan dentro del espacio comunitario. El objetivo de estas disposiciones no es armonizar los sistemas de seguridad social, sino eliminar obstáculos a la movilidad de los trabajadores entre los estados miembros. Dicho sistema permite la suma de los períodos de cotizaciones, de manera que una persona que haya trabajado en otro estado miembro pueda presentar una única solicitud ante el organismo competente en el país de residencia. El organismo receptor de la solicitud comunica los datos de la solicitud a los países en los que el interesado haya cotizado y a continuación cada uno de ellos calcula el porcentaje proporcional a las contribuciones aportadas y ordena su pago.
La pensión estatal británica se puede abonar en el extranjero, pero su cuantía sólo se actualiza cada año si el sujeto se encuentra en un país de la UE o en alguno con el que RU tenga un acuerdo recíproco sobre revalorización de pensiones. Recientemente, el pasado 1 de septiembre de 2019, el Gobierno británico se ha comprometido a actualizar la cuantía de la pensión estatal en abril de 2020, 2021 y 2022 para los residentes en algún estado del EEE o Suiza.
El proyecto de Acuerdo de Retirada (Withdrawal Agreement) del 14 de noviembre 2018 establece que los Reglamentos de la UE sobre coordinación de la seguridad social seguirán aplicándose una vez finalizado el período de transición para individuos incluidos en el ámbito de aplicación del acuerdo. La intención era asegurar que los ciudadanos que se han desplazado entre el Reino Unido y la UE antes del final del período de transición no se vean perjudicados a la hora de acceder a sus pensiones. El Acuerdo ofrece asimismo protección cuando los británicos hayan trabajado y cotizado previamente en un estado miembro, los derechos derivados de dichas cotizaciones quedarán salvaguardados. La Declaración Política sobre la futura relación estableció que la coordinación de la seguridad social se consideraría a la luz de las futuras disposiciones sobre la movilidad de las personas.
Por su parte, la Comisión Europea ha redactado un Reglamento de Contingencias (Reglamento 2019/500 por el que se establecen medidas de contingencia en el ámbito de la coordinación de la seguridad social a raíz de la retirada del Reino Unido de la Unión) que garantiza que los períodos de cotización anteriores a la fecha del Brexit (tanto de ciudadanos de la UE que han trabajado en el Reino Unido como de ciudadanos de Reino Unido en la UE) sean reconocidos después del Brexit. Además, ha animado a los Estados miembros a seguir reconociendo ciertos derechos de seguridad social a los ciudadanos del Reino Unido y de la UE que hayan ejercido su derecho a la libre circulación antes de Brexit. En particular, la UE ha debatido con los Estados miembros el que continúen permitiendo a sus ciudadanos la exportación de sus pensiones al Reino Unido. Todo ello con el fin de garantizar la continuidad de los acuerdos recíprocos de seguridad social en el futuro. El Gobierno de Reino Unido está intentando conseguir acuerdos recíprocos para que los derechos en materia de seguridad se mantengan hasta finales de 2020.
Lo que suceda en el futuro, tanto sobre movilidad, comercio o la pesca, depende, como otras muchas cosas, de la relación futura que Bruselas y Londres negocien durante los próximos meses, que se prevén complejas y que podrán vivir nuevas prórrogas. Durante el periodo de transición, los ciudadanos de la UE en el RU y los británicos en territorio comunitario seguirán disfrutando de los mismos derechos que hasta ahora, pero todos ellos tienen que registrarse para poder mantenerlos en el futuro. Es decir, que asuntos como las pensiones o la sanidad, dependerán tras esa fecha de los acuerdos que se alcancen
Los pensionistas que estén registrados como residentes en España antes del 31 de diciembre de 2020 (unos 300.000) podrán seguir con sus vidas en general como antes del Brexit y continuarán recibiendo la atención sanitaria y sus pensiones igual que ahora, pero para mantener su residencia en el país, de conformidad con la legislación de la UE, España tiene derecho a exigir a las personas británicas autosuficientes (incluidos los pensionistas) y a los estudiantes que todavía no hayan adquirido el derecho de residencia permanente que cuenten con un seguro de enfermedad. .
En el caso de ciudadanos británicos que ejercen su profesión en España y que se jubilen después de que concluya el período transitorio, tendrán derecho a una pensión británica conforme a las condiciones que se recogen en la legislación nacional, o si no cuenta con períodos suficientes asegurado para poder optar a una pensión británica, el RU tendrá en cuenta los períodos que se hayan cotizado en otros Estados miembros de la UE en la medida en que sea necesario. En en el caso de que decida regresar a España, el documento asegura que continuará recibiendo su pensión británica sin ningún tipo de reducción.
ALGUNAS PREGUNTAS Y SITUACIONES
(ver en la ficha)